Cuando el fin justifica los medios. Inclusión de personas con discapacidad

p cosentino*Por Patricio Cosentino

“No hay nada más poderoso que una idea a la que le ha llegado su tiempo”.
-Víctor Hugo-

El lunes 11 de noviembre de 2019 concluyó el Curso Intensivo sobre Discapacidad y Derechos Humanos dictado en la Escuela de Capacitación Judicial, dejándonos algunos disparadores que no queremos dejar pasar y esperamos que sean interesantes.

Cuando hablamos de Derecho y Discapacidad, entendemos que no nos referimos a una rama del Derecho, sino a un campo de estudio. Dentro de este espectro concurren distintas perspectivas profesionales, es decir, necesariamente debe ser abordado de modo interdisciplinario. Este tipo de abordaje resulta indispensable, a los efectos de alcanzar los objetivos propuestos.

¿A qué se debe esta afirmación? A que no podemos soslayar que nos encontramos con una cuestión evidente pero compleja: las personas con discapacidad son muchas, heterogéneas en sus especiales circunstancias, los contextos geográficos y sociales son diversos; y las barreras sociales se presentan en todos los ámbitos. Y este contexto requiere de una mirada y un abordaje distinto.

Específicamente los abogados aquí, como en muchas otras cuestiones, debemos entender que nuestra percepción del fenómeno social y las posibilidades de transformarlo, resultan limitadas, sesgadas y dependen de otras disciplinas.

Más allá de los avances mediante leyes novedosas, políticas públicas y percepción social del tema, resulta evidente la existencia de una “ficción ciudadana” (Abramovich y Pautassi, 2009). La misma tiene raíces en el mantenimiento de estructuras institucionales, nociones valorativas y acciones en los ámbitos público y privado, que obstaculizan el reconocimiento pleno de los derechos y constituyen la matriz misma de exclusión.

Para poder entender que es lo mejor para una persona con discapacidad no alcanza solamente con mejorar -aunque sea importantísimo- el servicio de justicia, haciéndolo accesible, cercano y humano. El “modelo social de la discapacidad” nos obliga a revisar el entramado sociopolítico, atendiendo a las políticas públicas que se vinculan con la temática, la normativa, las conductas de los actores que intervienen y los contextos institucionales relacionados.

Es decir, aun reconociendo que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Constitución Nacional (en concreto el art. 75, inc. 23), demás instrumentos internacionales incorporados al bloque federal constitucional, leyes nacionales (a modo de ejemplo las leyes N° 22.431, 24.901, 26.657, 26.816, Código Civil y Comercial) y provinciales (Ley I N° 196), resulten ser progresistas y sumamente protectorias, vemos numerosas tensiones, conflictos y retrocesos. Obviamente, no existe un pasaje automático entre el denominado “modelo” médico al social, o de la exclusión a la inclusión; sino que allí debemos estar las profesiones que intervienen diariamente para construirlo día a día sin perder el eje en el respeto por la individualidad de la persona y por la heterogeneidad del colectivo.

No es la idea de este corto texto definir y profundizar en los modelos médico y social, sino representar que el pasaje de una práctica social sistemática que tiene a normalizar y rehabilitar a la persona con discapacidad, hacia otra que debe procurar la modificación de las prácticas sociales, resulta más complejo de lo que imaginamos.

Los grandes avances -sobre todo los legislativos- en muchas ocasiones no han provenido de sofisticaciones teóricas, sino de luchas políticas, movilizaciones y reclamos concretos por parte del movimiento asociativo. Esto, además de señalarnos la importancia de escuchar y trabajar en conjunto con este colectivo; nos señala cierta quietud en cabeza del Estado a la hora de pensar y diseñar políticas públicas.

A pesar de todas estas leyes que enarbolan derechos hermosos de leer y difíciles de gozar, no todos acceden a lo que le corresponde sin tener un conflicto (judicial, administrativo, personal o comercial, etc.). Aquí juega un papel fundamental la información que se le debe proporcionar a las personas con discapacidad y sus familias, la que sólo puede ser proporcionada mediante la formación y el compromiso de quienes intervienen en la vida de las personas con discapacidad.

Un pilar fundamental en los Estados liberales modernos, es el de la igualdad estructural de oportunidades, con vinculación directa en las dinámicas sociales. Las personas con discapacidad padecen una desigualdad alimentada por desventajas, que son causadas de modo directo por la estructura social que a su vez reproduce las dinámicas sociales que le dieron origen (Grossman, 2008).

El carácter sociocultural de la desigualdad sirve tanto para definir la extensión de la obligación social de anularla, como para entender las medidas para poder hacerlo. Aquí radica lo difícil, pero no imposible de nuestra tarea: la compleja trama de las relaciones sociales, que cualitativa como cuantitativamente varía según el espacio y el momento, es la que permea en prácticas que debemos modificar.

Entonces, sin reducir las responsabilidades del Estado, en lo que aquí refiere interesa puntualizar que los verdaderos “garantes” de los derechos de las personas con discapacidad somos nosotros, desde el lugar que intervengamos.

Nos dice Elizabeth Aimar (“Los incómodos”, Paidós, 2019), que dentro del conjunto de profesionales que trabajan en este ámbito, resulta difícil encontrar las que tengan un equilibrio entre la maestría y el campo, y la vinculación con la persona antes que con el paciente. Sostiene de modo agudo la autora, que: “El de la maestría y el campo no son dos conjuntos que no se tocan; hay una zona de confluencia.”

Nuestro compromiso, formación y empatía constituyen la llave de entrada a un mejor ejercicio y goce igualitario de sus derechos, y edifican la base de sustentación de cualquier avance para mejorar lo que tenemos, paso a paso y de forma constante. Por supuesto que estos tres atributos y -por qué no también- condiciones, son complementarias e interdependientes.

Entiendo que debemos poner énfasis en fortalecer el trabajo entre los profesionales relacionados con la temática, para mejorar el contexto social y laboral donde cada uno interviene.

Ambos son inescindibles y tienen múltiples vasos comunicantes.

Si la noción “moderna” de discapacidad dispone automáticamente que las barreras que impiden el goce de derechos las pone la sociedad y no las especiales circunstancias del individuo en ese contexto impedido; entonces, espero que pronto los medios de los que nos valemos para alcanzar una sociedad más inclusiva nos permitan llegar a buen puerto.

El Estado ha dispuesto en la última reforma constitucional que las acciones positivas son el medio para hacer efectivo el principio de igualdad en relación a las personas con discapacidad, obligando a los tres poderes del Estado a diseñar e implementar políticas públicas que alcancen este fin.

En el marco de dichas obligaciones es que se ha llevado adelante este curso interdisciplinario, con la plena convicción de que estas acciones positivas y verdaderamente igualitarias, dejen de ser un medio para un fin, para pasar a confundirse en una práctica social más. Una práctica como cualquier otra.

Nota al pie: Gracias a la Dra. María Noelia Roger (Coordinadora local del Curso Discapacidad y Derechos Humanos dictado en la ECJ) por sus aportes y ayudarme a ordenar las ideas para escribir este texto.

*Dr. Patricio Cosentino. Abogado (UBA). Especialista en Derecho de Daños (UBA). Cursando Maestría de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (UBA). Posgrados en: Discapacidad en Derechos (UBA), Relaciones Individuales del Trabajo (UBA y Colegio de Abogados de San Isidro), Diplomatura sobre Oralidad y Derecho Procesal Civil (Universidad AUSTRAL). Integra el Programa Discapacidad y Derechos (UBA). Docente invitado en Discapacidad y Derechos, carrera de grado (UBA) y en Derecho Civil I, (UNPSJB). Colaborador en la Subcomisión del Proceso Laboral -Comisión Interpoderes de Reforma Procesal Civil, Comercial, de Familia, Laboral y Contencioso Administrativa de Chubut. Auxiliar Letrado en el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Trelew, Chubut.


Imprimir   Correo electrónico
0
0
0
s2sdefault