El imputado había cruzado un semáforo en rojo y cuando fue detenido encontraron el arma.
El juez penal Fabio Monti declaró admisible la acusación pública presentada por el Ministerio Publico Fiscal y autorizó la elevación a juicio en un hecho que investiga el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal.
El acusado por el hecho fue identificado como Luis Mancilla y la resolución del magistrado se dio en el marco de una audiencia preliminar efectuada este viernes 8 de abril de 2022 por la mañana en el tercer piso del edificio de tribunales de Trelew.
Los hechos
Según la acusación formulada por el funcionario de fiscalía, Gustavo García Antón, el hecho ocurrió en el mes de julio del año 2016, cuando el personal policial detuvo a un vehículo que momentos antes había pasado un semáforo en rojo. En aquel momento se procedió a la identificación del conductor que resultó ser el mencionado Mancilla y a otros dos acompañantes. Luego se labró el acta de infracción correspondiente. Pero durante ese procedimiento la policía advierte que los ocupantes del rodado trataban de no ser observados y a raíz de ello se les solicitó que descendieran del mismo para ser palpados de arma, allí los agentes del orden percibieron que Mancilla portaba bajo el asiento delantero derecho un arma de fuego que resultó ser una pistola semiautomática con sus municiones, elemento que posteriormente fue secuestrado. La pistola está clasificada como de uso civil y Mancilla la portaba sin la debida autorización legal, concluyó el funcionario.
Objeción
A su turno, la abogada adjunta por la defensa pública, Zulma Manllauix, planteó una objeción a la presentación de la acusación pública, puntualmente respecto de los fundamentos de la imputación y medios de prueba. En virtud de ello solicitó el sobreseimiento de su asistido señalando que el mismo no es autor del hecho que se le imputa ya que de las pruebas surge que, a la persona que se debió investigar desde un primer momento y que podría ser la autora del delito sería uno de los acompañantes, puntualmente la persona que iba en el asiento donde se encontró el arma.
“Del acta de intervención surge que el arma fue secuestrada del asiento del acompañante delantero, y que su asistido era quien conducía el vehículo y no quien ocupada dicho lugar”, graficó. “También de esa acta surge que al que se le secuestra la munición de un arma es al acompañante, y no a Mancilla”, puntualizó.
Sumado a ese argumento añadió, como postulación subsidiaria que, el desconocimiento de su asistido de la presencia de un arma que portara su acompañante, más la ubicación de la misma, que implica una imposibilidad inmediata de disponer de ella, se podría imputar a su asistido por tenencia de arma y ese delito prevé una pena como máximo de 2 años de prisión por lo que, al momento de realizarse la apertura de investigación, la acción penal estaba prescripta. Por ese motivo también solicitó su sobreseimiento.,
El magistrado no hizo lugar a lo solicitado en relación a los dos pedidos de sobreseimiento ya que la calificación legal escogida por el MFP, así como la prueba puesta en duda por la defensa será materia de debate en juico oral.