La fiscalía solicitó una pena de 25 años de prisión. La defensa pidió el mínimo e hizo suyas las declaraciones del sacerdote acusado, quien expresó ante el tribunal el sufrimiento que padece su familia por la exposición mediática del caso. Se incorporaron como pruebas diversas notas periodísticas.
Durante la jornada de hoy 16 de noviembre del corriente el tribunal de juicio presidido por la jueza María Tolomei, junto a los vocales Marcelo Nieto Di Biase y Mirta del Valle Moreno, llevó adelante la audiencia de debate de cesura de pena a imponer al sacerdote que fuera declarado culpable de cometer cinco delitos contra la integridad sexual.
Al tomar la palabra la fiscal general del caso, Silvia Pereira se refirió a los agravantes que según su criterio deben tomar los jueces para aplicar la pena pretendida de 25 años de prisión.
La edad de la víctima, el grado de discapacidad, inmadurez sexual, falta de contención familiar que lo llevó a un silencio por casi una década sobre lo ocurrido, indefensión total en los lugares donde ocurrieron los hechos y finalmente la relación de asimetría entre el condenado y la víctima que terminó siendo una “presa fácil de su agresor”, fueron parte de los alegatos que la fiscal describió para que los jueces coincidan con su petición.
Además, ponderó las consecuencias del daño sufrido por la víctima en cuanto a la sintomatología compatible con abuso sexual; tartamudeo, trastorno de sueño y angustia. Subrayó también como agravante la reiteración de los hechos que se fueron escalonando desde un hecho de abuso sexual simple a cuatro hechos con acceso carnal. Por último, sumó como agravantes las condiciones personales del sacerdote , ente ellas, su mayoría de edad y su educación. A ello también sumó la condena firme de similares características que recayó sobre sacerdote en otra provincia.
Al momento de alegar, la defensa representada por Martín Castro y Rodrigo Miquelarena, se refirió, con el objeto de atenuar la pena, al sufrimiento innecesario que afronta su defendido, producto del tratamiento que los medios periodísticos han hechos del caso. “Sacerdote abusador”, señaló Castro como ejemplo para dar cuenta de la definición que algunos medios hicieron antes de la condena.
Su colega, Miquelarena, se explayó sobre el particular explicando que su defendido debió afrontar un daño innecesario durante el proceso, inclusive, antes de la condena en relación a la cobertura que algunos medios de comunicación dieron al caso desde la detención del sacerdote hace dos años. El defensor leyó algunos artículos periodísticos que fueron aportados y aceptados como prueba documental. Con ellos dio cuenta sobre varias imprecisiones informativas, algunas sin rigor profesional. Su defendido “vivió su detención desde el día uno como un condenado, mas allá que aún está con prisión preventiva”, señaló el abogado defensor.
Por último, concluyeron los defensores que también deben ponderar los jueces como atenuantes, la historia de carencias afectivas y económicas que sufrió H.C. en su niñez, sus características personales de educación, edad y costumbres.
Finalmente, el tribunal informó que la sentencia sobre la pena a imponer se notificará en el plazo de 5 días hábiles.