El Superior Tribunal de Justicia de Chubut en el marco de las disposiciones emanadas por las autoridades sanitarias provinciales y de acuerdo a las recomendaciones del Comité Médico Sanitario recuerda a todos los agentes de la judicatura y a los actores del sistema judicial la vigencia de las medidas sanitarias dispuestas por protocolo sanitario para evitar la propagación del virus COVID en edificios del Poder Judicial.
En ese marco se reafirma la vigencia del Sistema de Turnos para la atención en los edificios del Poder Judicial, tal como se viene realizando desde el año pasado a fin de garantizar el acceso de los abogados a los distintos tribunales, al tiempo que se reduce el tránsito y permanencia de personas en los edificios.
Por otra parte, se recuerda a los agentes de la Judicatura que los únicos que continúan exceptuados de la prestación de servicios presenciales por disposición de los Acuerdos Plenarios 4990/21-SL y 4966/21 -SL son quienes hayan recibido una sola dosis de la vacuna contra el COVID, y pertenezcan a algunos de los siguientes grupos:
· Mayores de 60 años: deben informar a su superior jerárquico y a la Dirección de Recursos Humanos
· Embarazadas: deben informar a su superior jerárquico y a la Dirección de Recursos Humanos
· Diagnosticados con diabetes tipo I tipo II (con complicaciones): deben acreditar su situación actualizada ante el Comité Médico Sanitario
· Diagnosticados con insuficiencia renal: deben acreditar su situación actualizada ante el Comité Médico Sanitario
· Con antecedentes de hipertensión arterial (con complicaciones: deben acreditar su situación actualizada ante el Comité Médico Sanitario
· Diagnosticados con EPOC o patologías respiratorias crónicas o infecciones respiratorias: deben acreditar su situación actualizada ante el Comité Médico Sanitario
También se encuentran dispensados quienes habiendo recibido las dos dosis de la vacuna contra el COVID, y sean personas con:
· Inmunodeficiencia: deben acreditar su situación actualizada ante el Comité Médico Sanitario
· Patologías oncológicas (hasta 6 meses posteriores a la remisión): deben acreditar su situación actualizada ante el Comité Médico Sanitario
También se ha informado que se encuentran en la misma situación aquellas personas que resulten indispensables para el cuidado del niño, niña o adolescente- en las siguientes situaciones:
· Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo, siempre que estas se desarrollen en el horario de 07.00 a 13.00 horas: se debe acreditar ante la Dirección de Recursos Humanos.
· Los días que concurran con jornada presencial reducida en el establecimiento educativo correspondiente, siempre que estas se desarrollen en el horario de 07.00 a 13.00 horas: se debe acreditar ante la Dirección de Recursos Humanos.
Del mismo modo se recuerda a la totalidad de los agentes que deben acreditar las constancias de vacunación, o expresar con carácter de Declaración Jurada los motivos por los cuales no han accedido a la aplicación de las mismas (AP 4990/21 – SL y AP 4973/21-SL) a través de los medios que fueran comunicados por mensajería interna en su momento.