Lo imputaron por la tenencia y facilitación, tanto de videos como fotos, en los que se identifican a menores de 13 años siendo sometidos a actos sexuales explícitos.
Durante la jornada del lunes 7 de marzo del corriente se llevó a cabo una audiencia en el tercer piso del edificio de tribunales de Trelew en la que el juez penal Marcelo Nieto Di Biase elevó a juicio oral una causa por tenencia y facilitación de imágenes de presunto abuso sexual en la que está acusado un hombre de 63 años.
Acusación
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, representado por Eugenia Domínguez, los hechos ocurrieron entre el día 28 de enero de 2020 y el día 4 de marzo de 2021, cuando el imputado utilizó la red de persona a persona -P2P- eMule, descargó, y al mismo tiempo facilitó, para que un número indeterminado de usuarios conectados a dicha red descargaran videos con contenido de abuso sexual a menores de 13 años de edad. Se trata de imágenes en las cuales se verifica la existencia de niñas, niños o adolescentes en actividades sexuales explícitas. Todo ello categorizados como “CHILD NOTABLE” (de indudable contenido de explotación sexual infantil).
Según indicó Domínguez, parte de dicho material fueron almacenados en discos rígidos externos e internos dotados de memoria digital, con fines inequívocos de distribución. Además de estos, se encontraron almacenados en los mismos dispositivos, un número muy elevado de (material de abuso sexual infantil (MASI) en formato video y fotos, todos correspondientes a menores de 13 años de edad, también con fines inequívocos de distribución.
Según las pericias, se halló una abrumadora cantidad de material, estimándose en alrededor de 30.000 los archivos de imágenes, videos y catálogos de MASI.
La funcionaria explicó que la investigación se origina en virtud de la operación internacional denominada “Luz de Infancia”, iniciada por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos y la Secretaría Nacional de Seguridad Pública de Brasil, quienes utilizando un software en redes P2P captaron información de usuarios que descargan y comparten este tipo de material (Infracción al art. 128 del Código Penal).
Investigación
Es una investigación de carácter internacional, en la cual intervinieron los siguientes países: Panamá, Ecuador, Colombia, Estados Unidos, Brasil, Paraguay y Argentina.
El delito imputado por la fiscalía es facilitación de toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas, con fines predominantemente sexuales, agravado por tratarse de víctimas menores de 13 años, en modalidad de delito continuado en carácter de autor en concurso real con tenencia de dicho material con fines inequívocos de distribución agravado por tratarse de víctimas menores de 13 años, en carácter de autor con una expectativa de pena de 9 años de prisión.
Asimismo, solicitó que se mantenga la prisión preventiva en el centro de detención en el que actualmente se encuentra, por la existencia de riesgos procesales. Sobre todo, por la probabilidad de acceder nuevamente a este tipo de contenido sexual.
Defensa
A su turno el defensor particular, Carlos Del Mármol, no objetó la naturaleza de la audiencia preliminar, pero se opuso al mantenimiento de la prisión preventiva que pesa sobre su asistido. Argumentó que no existe la posibilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación para mantener la medida de coerción. Hizo hincapié que en caso de que su defendido pueda acceder a contenido de MASI, eso sería un nuevo delito en todo caso, ya que el material por el que está procesado fue secuestrado. Además de ello, fundamentó que el delito imputado tiene un mínimo de 4 años de prisión. Para ello, propuso que la medida de coerción se morigere por arresto domiciliario hasta la realización del debate.
Apertura de juicio
Finalmente, el magistrado resolvió autorizar la apertura de juicio por el hecho de la acusación fiscal y disponer el arresto domiciliario hasta el debate, quedando bajo la responsabilidad de un familiar, pero ello, previo a la aceptación de esa responsabilidad, y además, que alguna persona cercana, como un vecino, garantice el cumplimento de esa medida.