La pena será de cumplimiento efectivo y además fue declarado reincidente.
El tribunal unipersonal integrado por el juez Fabio Monti condenó a L.P. como autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas y daño, y de lesiones leves doblemente agravadas por haber sido cometidas contra una persona con la que ha mantenido una relación de pareja y por mediar violencia de género y desobediencia, todos en concurso real, a la pena de dos años y diez meses de prisión de efectivo cumplimiento; declarando la reincidencia del nombrado.
Los hechos
Según la acusación y la prueba testimonial ofrecida por el ministerio público fiscal, representado por el fiscal general Arnaldo Maza, el primer hecho ocurrió en el año 2018 cuando la víctima llegó a su casa donde se encontraba el acusado y el sobrino de este haciendo algunas reparaciones en la vivienda. La víctima le informa que iba a viajar y que en su ausencia su vehículo se lo dejaba a su hija. Repentinamente L.P. se puso violento agrediéndola verbalmente y amenazándola de muerte con un cuchillo al tiempo que iba produciendo varios destrozos en la vivienda. El sobrino intentó calmarlo sin éxito y fue expulsado del lugar por el acusado, logrando dar aviso a la policía que pudo arribar al lugar. L.P. no pudo ser reducido fácilmente por la fuerza de seguridad, quienes también fueron increpados y atacados por el imputado.
En la denuncia que hizo la víctima en la comisaria de la mujer por ese hecho agregó también otro hecho que había sucedido con anterioridad y que en su momento no pudo denunciar por miedo a las represalias, ya que el acusado ejercía permanente hostigamiento, amenazas y violencia de todo tipo para que no dé a conocer lo que le sucedía.
Prohibición de acercamiento
A raíz de ese primer hecho, además se dio intervención a la justicia de familia desde donde al acusado se le impuso la prohibición de acercamiento por un plazo de seis meses, pero L.P. no cumplió y la interceptó en la vía pública con intención de reconciliarse. La víctima aceptó.
Luego de retomar la relación y a los tres meses del episodio anterior, durante una madrugada la damnificada se disponía a entrar con su vehículo a su vivienda cuando observó que L.P. salió y comenzó a dirigirse hacia ella de manera violenta. Ella intentó retroceder su marcha pero el agresor inmediatamente se arrojó sobre el capot del vehículo para insultarla y amenazarla de muerte. Si bien la mujer continuó retrocediendo dispuesta a escapar, debió detener su marcha ya que el condenado continuaba sobre el vehículo y en ese momento aprovechó para abrir la puerta e ingresar. La víctima continuó manejando pero ya dentro del rodado L.P. volvió a amenazarla de muerte y a pegarle con golpes de puño en su cara. Al constatar que le habían provocado una lesión importante en el ojo empezó a marearse y decidió regresar a su casa. Ambos ingresaron pero ella le pidió que se fuera y lejos de hacerle caso comenzaron las amenazas de muerte nuevamente y esta vez, también hacia las hijas de la víctima. Dentro de la vivienda siguieron los golpes en el rostro y en la cabeza. La agredida perdió el conocimiento. Se despertó mareada y acostada en su cama sin saber cómo había llegado hasta allí. Decidió refugiarse en el baño y de allí llamó a su hermana que luego de arribar logró que el delincuente se vaya.
Trato denigrante
En su sentencia, el magistrado resaltó que el acusado, con su trato violento durante la relación de pareja, no sólo maltrató, controló y dominó a la víctima, sino que la denigró en su condición de mujer, la cosificó, dándole un trato de propiedad, en el que aquella se encontraba a su merced. Esto se desprende tanto del aterrador relato de la víctima -“no me dejaba salir de mi casa, ejercía violencia física, psíquica, me rompió tres celulares, no le podía hacer todas las denuncias, porque tendría que haber vivido en la comisaría de la mujer”-, como de la declaración de su hermana, quien refirió haber ido en varias oportunidades a la casa de la denunciante a raíz de los reiterados episodios de violencia que perpetraba el acusado; como así también del testimonio de una vecina -“La peor noche de todas, cuando mi sensación era que la mataba, se sentían los golpes contra la pared. Al otro día fue cuando la vi que estaba literalmente desfiguraba, tenía los ojos fuera de órbita… He visto a la policía que fue en varias oportunidades”.
La defensa estuvo representada por el defensor público Lisandro Benítez quien había solicitado la absolución de su defendido por entender que la pruebas eran insuficientes, pero para el caso de ser condenado, pidió que la pena sea el mínimo establecido, seis meses. Por su parte el MPF había solicitado tres años de prisión.
INFORMA: Agencia de Comunicación Judicial / Superior Tribunal de Justicia