Causa Royal Canin: el tribunal condenó a Huichaqueo, Gómez y Suárez

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royalcanin3En el caso de la extitular del Ministerio de Familia la declaró autora del delito de peculado, mientras que a su expareja lo responsabilizaron como partícipe del mismo delito.

El viernes 13 se realiza la audiencia de cesura de pena

Los jueces Mónica García, Martín O’Connor y César Zaratiegui dictaron hoy veredicto de culpabilidad para tres exfuncionarios del Ministerio de Familia de Chubut, dos de los cuales estaban acusados de apoderarse para fines propios de donaciones efectuadas durante la emergencia climática que vivió Comodoro Rivadavia y otras localidades del sur provincial durante los primeros meses del 2017, en tanto un tercero fue responsabilizado por maniobras de encubrimiento.

Así, los magistrados condenaron a la exministra de familia Leticia Huichaqueo como autora del delito de peculado en modalidad de delito continuado, en tanto que Juan Carlos Gómez –expareja de Huichaqueo y con funciones en esa cartera provincial- como partícipe del mismo delito, en tanto que el exsubsecretario Marcelo Suárez fue declarado autor del delito de encubrimiento agravado. La audiencia de cesura de pena se realizará el próximo viernes 13 de agosto a partir de las 9 de la mañana.

Resumen de fundamentos

La lectura de la resolución del tribunal estuvo a cargo de la jueza Mónica García, quien presidió el debate, en tanto que su colega Martín O’Connor hizo un resumen de los fundamentos del fallo.

El juez indicó que durante el juicio no fue controvertida ni la existencia de la emergencia climática derivada del temporal que afectó entre fines de marzo y abril del año 2017 a gran parte del territorio provincial, y en especial a Comodoro Rivadavia, como así tampoco la donación efectuada por la empresa Royal Canin para ayudar a la labor de las protectoras de animales de la zona sur de Chubut.

En ese contexto también aseguró que no entró en discusión el arribo de esa mercadería a la provincia y su ingreso a los galpones que el Ministerio de Familia tiene en Rawson. El juez indicó que de un total de 451 bolsas de alimento para mascotas que fueron registradas como ingresadas a las dependencias de la cartera provincial que dirigía Huichaqueo, un total de 78 fueron donadas a diferentes protectoras de animales de Trelew y otras localidades del Valle Inferior del Río Chubut. En contraposición, las otras 373 bolsas restantes ya no se hallaban en el depósito ubicado en Rawson para el mes de septiembre de 2017, sin que existan registros sobre su salida.

Al resumir su veredicto, los jueces indicaron que según se desprende de las pruebas y testimonios presentados, existía “un caos administrativo, con falta de control de ingreso y egreso” de la mercadería existente en los hangares del Ministerio de Familia. También sostuvo que quedó acreditado que en varias oportunidades Gómez cargó bolsas de alimentos y otros elementos en ese lugar –entre ellos mamelucos- sin que quedara registro de ello, pues aducía “ordenes de Huichaqueo” para que no se confeccionaran los correspondientes remitos.

Durante esos meses, por otro lado, se detectaron “tres intentos de venta por Facebook de bolsas de alimento Royal Canin a muy bajo precio”, sin ser este un canal natural para ello, ya que se trata de productos que solo se venden en Pet Shop y Veterinarias, con el aval de profesionales veterinarios. Asimismo, se acreditó en los testimonios que una expareja de Gómez ofrecía estos productos a la venta.

En cuanto al delito imputado a Marcelo Suárez, se relaciona con la confección de documentos oficiales sobre la recepción de 300 bolsas de alimento para mascotas en Comodoro Rivadavia, hecho sobre el cual la testigo Alicia Dubreuil, quien fuera delegada del Ministerio de Familia en esa ciudad, dijo que nunca llegaron aun cuando la hicieron firmar constancias en ese testigo.

Los magistrados dieron validez a las palabras de la mujer, quien reconoció haber firmado la documentación sin que esa fuera su voluntad original y lo hizo por pedido de Huichaqueo y Suárez, pese a que “nunca vio las bolsas de alimento” en su destino. A esto se suma los dichos de los empleados en el depósito de Rawson, que negaron haber cargado la mercadería hacia Comodoro.

El veredicto

En su veredicto, los jueces también valoraron el registro de elementos recibidos en calidad de donación que se efectuaron en la Casa del Chubut en Buenos Aires, como así también en las dependencias que recibían los distintos insumos en Comodoro Rivadavia, en contraposición a la falta de registros fiables en el depósito del Ministerio de Familia, en la capital provincial.

En cuanto a la responsabilidad penal de los acusados, los integrantes el Tribunal entendieron que Huichaqueo tenía la responsabilidad de la custodia de las donaciones recibidas, pero no así Gómez, por lo cual no se lo puede condenar como coautor, sino como partícipe.

En el caso de Suárez, se ha determinado su responsabilidad en el volcado de datos falsos en un documento público con el fin de encubrir los actos ilícitos atribuidos a Huichaqueo y Gómez.

Así, el fallo declara penalmente responsable a Leticia Huichaqueo del delito de peculado, en calidad de autora y con modalidad de delito continuado, por los hechos ocurridos entre marzo y junio de 2017, en perjuicio del estado provincial. A Gómez se lo condena como partícipe del mismo delito.

A Suárez se lo declaró autor penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por haber sido cometido por un funcionario público, en concurso ideal con falsedad ideológica.

INFORMA: Agencia de Comunicación Judicial / Superior Tribunal de Justicia