Así lo acordaron las partes en un juicio abreviado y fue homologado por la jueza penal Ana Karina Breckle. Por el tiempo que pasó detenido desde el momento de los hechos y la aplicación de medidas vinculadas con el estímulo educativo, el acusado quedó en libertad condicional.
La Jueza Penal Ana Karina Breckle condenó a Nicolás Suganuma a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación para conducir vehículos a motor por 10 años, en el marco de un juicio abreviado por la muerte del joven Ronald Lezcano Guerra, ocurrida el 21 de enero de 2021 en la ruta que une el acceso a Playa Unión con Puerto Rawson.
La pena de prisión, junto con la inhabilitación y una reparación económica para la familia de la víctima fueron acordadas entre las partes y elevadas a la magistrada para su homologación, a partir del reconocimiento por parte del acusado de los hechos imputados en su contra. Tras un breve cuarto intermedio la magistrada dio a conocer su resolución
La muerte del joven
El hecho del cual se lo acusa ocurrió en las primeras horas del pasado 18 de enero de 2021 sobre la avenida Marcelino González, uno de los accesos a Playa Unión, cuando Ronald Lezcano Guerra se movilizaba en bicicleta rumbo a su trabajo en una empresa pesquera y fue embestido desde atrás por el vehículo Renault Sandero que conducía Suganuma, según la teoría fiscal.
A raíz del fuerte impacto el ciclista perdió la vida y según la fiscalía, tras observar la presencia de testigos en el lugar, el conductor del vehículo se fugó del lugar y fue necesario que otras personas lo persiguieran en sus autos particulares para obligarlo a regresar. Todo ello complicó su situación procesal, agravado por el resultado de las pericias que confirmaron que conducía a exceso de velocidad y afectado por la ingesta de bebidas alcohólicas.
Acuerdo de partes
Durante la audiencia celebrada este mediodía las partes informaron a la magistrada los alcances del acuerdo alcanzado entre la fiscalía, la querella y la defensa del imputado para solicitar el juicio abreviado en el caso, como así también la propuesta de pena privativa de la libertad a cumplir por Suganuma, la inhabilitación a imponer y algunos de los detalles de la reparación económica que suple la demanda civil por el caso.
Un dato no menor en este caso, es que por el tiempo que llevaba detenido el acusado, y por la aplicación del cómputo de pena con el agregado de los estudios superiores cursados por el mismo en el transcurso de su encierro, el mismo quedará en libertad condicional a partir de que la resolución de la jueza Breckle quede firme.
La Dra. Gladys Olavarría, abogada que representó los intereses de la madre de la víctima en el proceso, explicó porque la acusación preliminar que esa parte había efectuado no se pudo sostener y esa situación dio paso al inicio de las conversaciones por un acuerdo que contemplara una pena de prisión, la inhabilitación para manejar automotores por diez años y la reparación, comprendida de diferentes pagos y la transferencia de dos vehículos a los deudos del joven.
Emotivo mensaje
Liliana Guerra, madre de Ronald, leyó un emotivo mensaje en el inicio de la audiencia, en el cual destacó las condiciones humanas de su hijo, no solo para con su familia sino también para con sus amigos y la comunidad capitalina, al tiempo que marcó las contradicciones con el imputado. Sobre el final del debate, y ante la consulta del propio Suganuma que al pedir disculpas por lo acontecido se preguntó qué podía hacer por ella, la mujer le dijo “te pido que seas un buen médico, que desarrolles tu profesión con honor, cosa que no hiciste en ese momento con mi hijo”. Ante la promesa del acusado, la mujer cerró tu intervención diciendo “Que dios sea testigo de sus palabras”.
INFORMA: Agencia de Comunicación Judicial / Superior Tribunal de Justicia