Caso Abarzúa Soto: veredicto de culpabilidad para los acusados

montiarza

montiarzaEl Tribunal integrado por los jueces Fabio Monti, Mirta Moreno e Ivana González dio a conocer este lunes al mediodía el veredicto respecto a las personas imputadas por un hecho ocurrido el 30 de junio de 2018 en el barrio Moreira 4 de Trelew, el cual resultó muerto Rubén Osvaldo Abarzúa Soto y lesionado Mario González.

Los magistrados llegaron a un veredicto unánime y declararon como autor penalmente responsable de la muerte de Abarzúa Soto al imputado Marcos Maurelia, en un hecho calificado como homicidio agravado por el uso de arma de fuego, al tiempo que dictaminaron la culpabilidad de esta misma persona y de su pareja de aquel entonces, Paola Cárdenas por un hecho de homicidio en grado de tentativa, en carácter de coautores, respecto a lo ocurrido con González.arzua

Durante la audiencia realizada en el sexto piso del edificio de tribunales, el Dr. Monti leyó el veredicto y en su alocución expresó que una vez verificada la materialidad del hecho, en cuanto a la autoría del mismo, la fiscalía sostuvo su acusación en el testimonio de Mario González, una de las víctimas del hecho, quien identificó a Cárdenas y Maurelia como los autores del ataque contra su persona, como así también señaló al hombre como el autor de los disparos de arma de fuego que acabaron con la vida de su vecino Abarzúa Soto.

En ese sentido, los jueces indicaron que más allá de los intentos de la defensa por desacreditar el testimonio de González, al señalar que estaba plagado de contradicciones, el testigo y a la vez víctima, se sostuvo en sus dichos principales respecto a las personas que lo atacaron tanto en la etapa de investigación posterior al hecho, como en la rueda de reconocimiento de personas y también en el propio juicio.

Sostuvieron que la versión de González es coincidente con la de varios testigos, incluso de aquellos que no pudieron ser encontrados para ratificar su declaración durante el juicio oral y público; además de verificar que los dichos del hombre respecto a haber recibido amenazas telefónicas incluso hasta pocos días antes del a audiencia pudieron constatarse en gran medida con informes de compañías telefónicas respecto a llamados e identificación de los teléfonos utilizados.

Las dos personas imputadas acudieron hoy a la audiencia en la cual se leyó el veredicto de culpabilidad de ambos, en tanto que la audiencia de cesura de pena se programará en el plazo de cinco días a los fines que las partes produzcan la respectiva prueba a presentar.

Informa: Agencia de Comunicación Judicial