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WhatsApp Image 2021 10 29 at 09.37.15 1Se escucharon los alegatos y el próximo ocho de noviembre se conocerá la pena.

Fiscalía pidió 12 años y medio y la defensa 5 años y 4 meses.

En la mañana de hoy 29 de octubre del corriente se llevó a cabo en la sala de audiencias de la oficina judicial de Trelew, el debate de cesura de pena en el marco del juicio oral y público por el homicidio de Sergio Chapingo, ocurrido el 12 de julio de 2019 en Trelew.WhatsApp Image 2021 10 29 at 09.24.28 1

El tribunal presidido por el Dr. César Zaratiegui junto a las vocales, Dra. Mirta del Valle Moreno e Ivana González declaró de manera unánime a Ángel Molina como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple agravado por ser cometido mediante la utilización de arma de fuego en perjuicio de quien en vida fuera Sergio Germán Chapingo.

El ministerio público fiscal estuvo representado por la fiscal general Griselda Encina, en tanto la defensa de Molina estuvo a cargo de la Dra. Gladys Olavarría.

Testigo e informe policial

La audiencia comenzó con la incorporación de una testigo y un informe policial aportados por el defensa, previo a los alegatos de las partes. En primer termino se recibió la declaración de una profesional en trabajo social quien dio cuenta de un relevamiento socioambiental respecto del grupo familiar del condenado Ángel Molina. Y luego se incorporó un informe policial que daba cuenta sobre la inexistencia de sanciones disciplinarias de Molina en su lugar de detención.

Luego de ello declaró Ángel Molina quien insistió sobre su inocencia y además manifestó preocupación sobre su pareja pronto a dar a luz, y su hija, quienes dependen económicamente de él. A su turno también hizo uso de la palabra la madre de Sergio Chapingo, quien claramente emocionada pidió que se haga justicia por la muerte de su hijo.

Alegatos

Comenzó la exposición la fiscal general Griselda Encina quien expuso las pautas a valorar para que el tribunal imponga la pena correspondiente. Para ello tuvo en cuenta la naturaleza de la acción -los medios empleados-, la extensión del daño y el peligro efectuado. Además, y como un agravante, informó sobre un antecedente por el que Molina recibió una pena de dos años de ejecución condicional por el delito de abigeato. También se refirió al informe socioambiental aportado por la defensa dando cuenta que no resulta contundente para merituar como atenuante. La misma apreciación, respecto a la declaración de Molina sobre la preocupación por el futuro de su familia.WhatsApp Image 2021 10 29 at 09.24.28

En razón de ello la fiscal solicitó se aplique la pena de doce años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, mas la imposición de costas.

Por su parte la defensora particular Galdys Olavarría comenzó su exposición con la intención de contrarrestar los agravantes alegados por la fiscalía, argumentando en primer término sobre la vulneración de la teoría jurídica de la prohibición de la doble valoración que la defensora escogió para intentar derribar los argumentos fiscales, sobre todo por la incorporación del antecedente penal de ejecución condicional, que aún no tiene estado de condena firme, consideró la defensora.

Seguidamente, expuso como atenuantes la situación familiar de Molina dando relevancia al informe socioambiental incorporado, resaltando la figura central que el condenado tiene en su grupo familiar, sobre todo como sostén económico y de contención, por lo que, enfocada en el principio jurídico de trascendencia de la pena y cómo la ausencia de Molina afectaría a su grupo familiar, solicitó que la pena a imponer, sea de cinco años y cuatro meses.

Finalmente y luego de escuchar a las partes, el tribunal informó que la sentencia sobre la cesura de pena se dará a conocer el próximo ocho de noviembre.