Rodolfo Barroso, Director de la OFIJU de Esquel
La Oficina Judicial de Esquel elabaró los documentos que explican cómo se reparte la carga de trabajo de los magistrados cordilleranos del fuero penal. Se traduce en ellos la política dispuesta por la Sala Penal del STJ en la materia.
El primero de ellos tiene por objeto específico los criterios implementados para la distribución de las causas y cooperaciones judiciales entre los miembros del Colegio de Jueces Penales.
El segundo trata sobre las reglas conforme a las cuáles se da intervención a los jueces penales o de cámara penal en las audiencias y requerimientos de decisiones jurisdiccionales escritas. Responde a la pregunta de a qué juez se le da intervención al programar una audiencia o para resolver un requerimiento escrito, como asimismo los distintos supuestos que motivan el cambio de intervención y método de selección.
Enlace: Asignación de causas y cooperaciones judiciales a los jueces penales
Enlace: Reglas de intervención de jueces en audiencias y decisiones jurisdiccionales escritas
La versión original de ambos documentos data del 01/06/16. Esta primera revisión se debe a la necesidad de introducir cambios y realizar correcciones de redacción.