El pasado 1 de noviembre del corriente, el Juez de Familia de Rawson Martín Benedicto ALESI prohibió a la Cooperativa de Servicios Públicos, Consumo y Vivienda Rawson Ltda. la interrupción del suministro de energía eléctrica en las dependencias del Juzgado de Familia y otros organismos del fuero.
La medida fue tomada a raíz del corte que se produjo en los tribunales de familia de Trelew.
Los Poderes del juez
En la fundamentación, el juez de Rawson sostiene que “todo juez tiene poderes inherentes para remover cualquier interferencia u obstrucción, jurídica o de facto, que atente contra el ejercicio de su actividad jurisdiccional y comprometa el goce de los ciudadanos del derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el art. 8° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.”
De esta manera queda planteada de antemano su posición respecto a cualquier circunstancia que pueda afectar el acceso a la justicia y el desenvolvimiento normal de la misma. En otro pasaje y reforzando esta postura indicó que “El poder inherente de un tribunal es su sangre, su misma esencia, su atributo inmanente. Sin esa facultad, el tribunal tendría forma, pero carecería de sustancia”.
Autopreservación de la justicia
El magistrado local avanza en el hipotético escenario en el que, medidas como estas, puedan poner en riesgo el funcionamiento de la justicia interpretando “que un Poder Judicial sin la posibilidad real de garantizar su funcionamiento regular, su misma supervivencia, quedaría expuesto en los hechos a enfrentar su degradación, e inclusive, su desaparición”.
Por ello es que recurre al poder de autopreservación que detentan los jueces para afirmar que “no puede aceptarse que la simple decisión de una empresa concesionaria de un servicio público ponga fuera de operación a un juzgado.”
Dependencia tecnológica
Tal y como sucedió en los juzgados de familia de Trelew, el corte de energía eléctrica paraliza automáticamente la actividad tribunalicia ya que toda la tarea se realiza sobre los sistemas de gestión informatizados sobre los que el Poder Judcial viene apuntalando su eficiente rendimiento. Tan es así que el magistrado advirtiendo tal circunstancia afirmó que “No hace falta aclarar que la tecnología actual, puesta al servicio de la gestión eficiente de un organismo judicial, precisa de la energía eléctrica para su funcionamiento. Sin un sistema informático y demás recursos electrónicos, cualquier juzgado se vuelve inoperante…”.
Para leer el fallo completo ingrese aquí.