La unión convivencial se interrumpió luego de 12 años y el hombre se quedó viviendo en la casa de ambos en El Doradillo. Una jueza de Familia dictaminó que deberá compensar económicamente a su expareja por ocupar el inmueble de manera exclusiva.
La jueza de Familia de Puerto Madryn, Dra. María Fernanda Palma, dictó sentencia definitiva en un proceso de determinación de renta compensatoria. El fallo reconoce el derecho de una mujer a percibir un beneficio económico por la parte del inmueble que le corresponde y que no puede utilizar, tras haber finalizado la convivencia con el demandado.
La causa se inició tras la disolución de una unión convivencial de más de diez años. La demandante se vio obligada a retirarse de la vivienda familiar, ubicada en la zona de Parque Ecológico El Doradillo, mientras que su expareja continuó residiendo en ella de forma excluyente.
La pareja convivió desde 2010 hasta 2022, cuando la mujer debió abandonar el hogar por razones de violencia familiar. Desde ese momento, el hombre permaneció en la casa sin pagar ninguna compensación, a pesar de que la propiedad pertenece a ambos por partes iguales.
Ante la imposibilidad de disponer de su parte del patrimonio, la mujer solicitó judicialmente que se fije un canon mensual y se le reintegren los gastos de mantenimiento impositivo que ella continuó afrontando para proteger el bien común.
Argumentos
En su resolución, la magistrada explicó que cuando uno de los convivientes hace uso exclusivo de un inmueble tras la ruptura, nace para el otro el derecho a ser compensado, para evitar un enriquecimiento sin causa.
La sentencia condena al hombre a pagar mensualmente el equivalente al 50% del valor de un alquiler de mercado, con carácter retroactivo a la fecha en que se inició el reclamo formal.
La jueza interviniente explicó que, si bien ambos tienen derecho a usar la casa, desde el momento en que uno de los dueños manifiesta formalmente su oposición al uso exclusivo del otro, nace el derecho a cobrar una renta (similar a un alquiler).
El hombre deberá pagar $242.500 por mes por el período que va desde mayo de 2024 (fecha del reclamo formal) hasta septiembre de 2025, cuando dejó la vivienda. También deberá devolverle a su ex pareja la mitad de lo que ella pagó en impuestos municipales para mantener la propiedad al día.
Mascotas
Asimismo, el fallo homologó un acuerdo previo donde las partes lograron repartir otros bienes compartidos, así como el destino de sus cuatro mascotas, priorizando la resolución pacífica de los conflictos patrimoniales derivados de la relación.
Hasta finales de 2025, el hombre cuidó de los dos gatos y dos perros en la casa, mientras la mujer pagaba el alimento. A partir de 2026, decidieron repartirse los animales: cada uno quedó a cargo de un perro y un gato.
Ambas partes acordaron además que la propiedad será tasada y puesta a la venta a través de una inmobiliaria local.















