Ratifican condena a un hombre acusado de abuso sexual

STJ 3

STJ 3La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, integrada con los ministros Miguel Ángel Donnet, Mario Luis Vivas y Natalia Isabel Spoturno, ratificó la sentencia de la Cámara Penal de Esquel, que condenó a 11 años de prisión a un individuo acusado de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de la hija de su pareja.

El tribunal fue convocado a intervenir para resolver la impugnación extraordinaria del defensor del imputado y en cumplimiento de la aplicación del instituto de la consulta que, por la cuantía de la sanción impuesta, obliga a revisar la condena del imputado.

Los hechos ocurrieron a partir de 2007, en la localidad de Trevelin, en un inmueble en el que vivía la víctima junto a su madre y la pareja de esta.

Los abusos sexuales comenzaron cuando la denunciante tenía 8 años de edad y se prolongaron hasta 2011. El victimario aprovechaba la ausencia de la madre del hogar, que por entonces cursaba el Polimodal en horario nocturno.

En 2016, cuando tenía 17 años, la víctima relató a su novio la penosa experiencia vivida en su niñez, y luego, escribió sendas cartas a su madre y a su abuela poniéndolas al tanto de la situación. Mientras su madre no le creyó, su abuela la acompañó a tribunales a efectuar la denuncia.

La defensa del acusado ratificó ante la Cámara el cuestionamiento efectuado en la impugnación ordinaria, señalando la arbitraria valoración de la prueba efectuada por el tribunal de juicio, destacando que los jueces valoraron el testimonio de la víctima en desmedro del de su madre, quien negó la existencia de los hechos imputados a su pareja. También refirió a un conflicto familiar subyacente, indicando que tanto la denunciante como su abuela no quisieron nunca al imputado, y tal circunstancia no fue contrapesada en la sentencia.

Los ministros de la Sala Penal destacaron la inspección integral y minuciosa que los camaristas de Esquel hicieron de la sentencia condenatoria de la primera instancia, contestando concienzuda y adecuadamente cada uno de los puntos de agravio contenidos en la impugnación ordinaria.

Coincidieron en que la plataforma fáctica y la autoría en cabeza del inculpado, fueron debidamente acreditadas. Destacaron que el relato de la víctima se mantuvo coherente a lo largo del tiempo, tanto en la Cámara Gesell como en el juicio.

Respecto de otras motivaciones para radicar la denuncia, si bien se mencionaron diferencias entre el imputado y la abuela de la víctima, no pudo acreditarse que ello fuera motivo de la delación como introdujo la defensa.

Los magistrados valoraron especialmente el informe de los psicólogos forenses quienes dieron por acreditada la credibilidad de los dichos de la joven, haciendo hincapié en las secuelas sufridas por la víctima, relacionadas con un abuso crónico de larga data.