Trelew: no se verificó propiedad de ganado en acusación abigeato

Así lo indicó el juez penal que tuvo a su cargo el juzgamiento de dos personas. El magistrado indicó que no se presentó “ni un solo documento o fotografía que acredite la propiedad del ganado”

El juez penal Marcelo Nieto Di Biase condenó a Marcelo Eduardo Rain por el delito de tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, al tiempo que absolvió a la misma persona y a Carlos Daniel Guzmán por el delito de abigeato, en referencia a los hechos ocurridos a fines de 2023 en la zona rural de Dolavon.

El magistrado sostuvo en su resolución que “la fiscalía no logró alcanzar lo que se conoce como “más allá de toda duda razonable” que permita arribar a una sentencia condenatoria” respecto al delito de robo de ganado vacuno del cual se acusaba a las dos personas.

“Debió la fiscalía, en el marco de su función, acreditar la titularidad de los animales en cabeza del Sr. Mac Burney; presentando documentos o facturas; fotografías con marca del ganado; etc. Algo que permita acreditar su propiedad. Nada hizo” sostuvo Di Biase en su fallo y agregó que “resulta preocupante que, luego de más de un año y nueve meses de las detenciones, el MPF pretenda que un juez pueda condenar con la evidente escasez de prueba expuesta; y sin una acusación clara y precisa”.

Al analizar la causa y tras dar cuenta de un extenso marco normativo respecto a la propiedad y titularidad del ganado, afirmó el juez que “nada de lo dispuesto en las normas citadas se acreditó en el debate por el órgano acusador. Ni la propiedad del ganado por parte de Mac Burney; ni los permisos de traslado; marcas; contramarcas; etc. Ni un solo documento o fotografía que acredite la propiedad del ganado. Solo los supuestos dichos del denunciante al personal policial”.

También indicó que “al no cumplirse con la acreditación de la propiedad los animales debieron ser decomisados…. Por el contrario, el presunto damnificado los trasladó al día siguiente sin acreditarse la propiedad” y que posteriormente cuando se solicitó una reconstrucción del hecho en la etapa preparatoria, la misma “se vio frustrada por la venta y/o faena de los animales realizada supuestamente por el Sr. Mac Burney, lo que también impidió poder acreditar la titularidad del ganado”.

En la parte medular de su fallo, Nieto Di Biase expresó que “del mismo modo que lo que sucede por no ofrecerse a supuestos testigos para el juicio, tiene como consecuencia que no se puedan probar extremos esenciales para la solución del caso de acuerdo al interés de la fiscalía, y así, lo que no se prueba no existe para el proceso. Conclusión simple y cruda. Ya lo expliqué. Sin pruebas no hay delito que pueda ser probado”.