Los jueces Gustavo Castro, Mirta Moreno y Sergio Piñeda convalidaron este martes la decisión de una jueza penal que había rechazado un pedido de cambio de modalidad en la prisión preventiva de un condenado por un hecho de homicidio simple.
El planteo fue realizado por los defensores públicos Rodrigo García Palumbo y Sergio Rey, en representación de Sandro Jonathan Curiqueo, condenado a una pena de 8 años de cumplimiento efectivo, a quien el pasado 23 de abril la jueza María Tolomei le había negado el acceso a la prisión domiciliaria.
En la audiencia realizada por video conferencia los abogados defensores plantearon que el rechazo al pedido de cambio en la modalidad de cumplimiento de la pena, como así también las resoluciones tomadas sobre las visitas domiciliarias y la suspensión de salidas transitorias vulneraban los principios de reinserción social y progresividad de la pena.
Explicaron que la medida dispuesta por la Jueza Tolomei obstaculizaba los objetivos de resocialización de Curiqueo, quien corre riesgo de perder su trabajo en una cooperativa de Trelew, además de los vínculos familiares. En su argumentación se explayaron sobre la conducta del condenado en prisión como así también sobre las capacitaciones realizadas.
La fiscalía expuso sobre la decisión de la jueza penal y reiteró que la misma se dio en el marco de las medidas dispuestas por el gobierno nacional y provincial por la emergencia sanitaria derivada de la pandemia mundial de coronavirus.
Finalmente, tras escuchar a las partes, los jueces se tomaron un cuarto intermedio para resolver y lograron un fallo unánime.
La Dra. Moreno aseguró que la decisión de la jueza Tolomei fue ajustada a derecho y debidamente fundamentada. En ese sentido destacó que el imputado no cumple los requisitos contemplados para aquellas personas en cuya situación se puede habilitar un cambio en la modalidad de detención. “Acá no se discute si el condenado cumple o no la pena, o el desempeño que tiene. Hay restricciones de derechos para todas las personas” indicó la magistrada.
Por su parte, el Dr. Sergio Piñeda reiteró que la restricción de derechos que afecta al condenado es la misma que afecta “a todo el planeta, a toda la sociedad” y sostuvo que los derechos de Curiqueo están garantizados, aunque si hay una restricción vigente.
El Juez Castro, al dar a conocer su voto, explicó que más allá que por su naturaleza los jueces cumplen con el resguardo de las garantías constitucionales, tanto de las víctimas como de los acusados, procesados y condenados, “hoy en día tenemos una misión aun mayor que es garantizar la salud pública que por la pandemia se ve amenazada”.
En ese contexto, los tres jueces resolvieron confirmar la resolución de la Dra. María Tolomei en la audiencia del 23 de abril y rechazar el planteo de la defensa.
INFORMÓ: Agencia de Comunicación Judicial