Los jueces penales Fabio Monti y César Zaratiegui rechazaron por unanimidad un pedido de excarcelación solicitada en el marco de una audiencia de revisión de la prisión preventiva por la abogada defensora de Oscar Romero, acusado de homicidio en grado de tentativa mediante el uso de arma de fuego en concurso con tenencia de arma de guerra.
La audiencia remota se realizó por videoconferencia a través del sistema WebEx y el detenido –de profesión abogado -decidió no participar de la misma, según expresó uno de los oficiales de la alcaidía policial de Trelew, quien puso en conocimiento a los magistrados sobre dicha medida.
En la audiencia, la Dra. Laura Fernández, abogada particular de Romero, explicó que el pedido de revisión ante el tribunal obedecía a los reiterados rechazos del juez natural a revisar la situación en la cual se encuentra el acusado y aseguró que el pedido estaba directamente relacionado con “un cambio de escenario fáctico” desde la audiencia preliminar realizada en el mes de febrero a la fecha.
Fernández planteó que el escenario de emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus y las condiciones en las cuales se encuentra detenido su defendido, en el pabellón 5 de la alcaidía policial, han agravado la situación que se venía dando en cuanto a su detención, por lo cual solicitaba su libertad o en su defecto medidas más favorables para cumplir el proceso, como el caso del arresto domiciliario y monitoreo por tobillera electrónica.
La abogada reiteró en varias oportunidades que la naturaleza del hecho imputado ni la expectativa de pena del caso pueden ser motivos para mantener en prisión a Romero, y argumentó que habrían cesado los peligros procesales de fuga y/o entorpecimiento de la investigación.
A su turno, la Dra. Carolina Marín en representación de la Fiscalía, esgrimió que desde la defensa no se plantearon hechos nuevos o diferentes a los ya tratados en audiencias anteriores, donde tanto el Juez Gustavo Castro como otro tribunal desestimaron pedidos similares.
En cuanto a la postergación de la audiencia de debate oral y público que se había planteado en principio para el 5 de marzo, informó que la misma obedeció a que el propio imputado hizo uso de derecho a recusar a dos de los jueces elegidos para conformar el tribunal y no por efecto de las medidas sanitarias hoy vigentes. En cuanto al riesgo por el COVID-19, indicó que la abogada defensora no planteó que Romero estuviera dentro del denominado grupo de riesgo.
Tras escuchar a las partes, y luego de un breve cuarto intermedio, los integrantes del tribunal revisor dieron a conocer su resolución. En su voto, el Dr. Monti explicó en primer término que debían ceñirse a revisar la decisión del Dr. Castro con fecha 24 de abril en la cual rechazó por escrito un pedido realizado por la defensa del abogado imputado en cuanto a disponer la libertar o morigerar la pena del mismo.
En ese sentido, coincidió con el planteo del Ministerio Público Fiscal en cuanto a que el tiempo que lleva en prisión el imputado se encuentra dentro de los plazos establecidos por la normativa para el proceso, cuyo máximo es de 2 años.
También expresó que tal como sostuvo la fiscalía, la situación de prisión preventiva y los pedidos de morigeración de la misma “se han analizado en varias oportunidades, tanto por el juez o colegiados para su revisión y no hay ningún elemento nuevo que permita revisar esta cuestión”, afirmó el magistrado.
En cuanto a la vigencia del aislamiento preventivo por la pandemia de coronavirus, citó lo dispuesto por la Cámara Federal de Casación Penal en cuanto a las alternativas al encierro y en que casos serían válidos tales medidas, especialmente atendiendo a la naturaleza de los delitos imputados – de escasa peligrosidad- como así también a la expectativa de pena y el riesgo sanitario del detenido. En ese contexto afirmó que si bien la abogada da cuenta que Romero registra enfermedades prexistentes, “no ha probado que se encuentra con mayor riesgo a la salud” para determinar una alternativa a la prisión.
En similares términos votó el Dr. César Zaratiegui, de manera que ambos jueces rechazaron el pedido de la Dra. Fernández en forma unánime y convalidaron la decisión adoptada por el Juez Castro, la cual consideraron “ajustada a derecho”.
INFORMÓ: Agencia de Comunicación Judicial