El Superior Tribunal de Justicia de Chubut emitió en las últimas horas dos acuerdos plenarios relacionados con la implementación de los Colegios de Jueces en el fuero no penal, tanto para los magistrados que integran la Cámaras de Apelaciones como así también los Juzgados Letrados de primera instancia, además de definir el sistema de subrogancias a partir de esta nueva modalidad.
Las acordadas Nº 4898/2020 y Nº 4899/2020 vienen a reglamentar figuras ya establecidas en la nueva Ley Orgánica de la Judicatura.
A través de la acordada Nº 4898/2020, se establecen los Colegios de Jueces de Cámara y Colegios de Jueces Letrados de Primera instancia, se define su composición, misión y también se impulsa la figura de los Jueces Coordinadores y los respectos Consejos Directivos.
La normativa establece en primer lugar la composición de los Colegios de Jueces de Cámaras de Apelaciones; como así también de los Colegios de Jueces Letrados de Familia, Civil y Comercial, Laboral y de Ejecución de la provincia del Chubut, compuestos estos últimos por magistrados de toda la provincia y de cada fuero. Se trata de un modelo de gestión ya probado en el fuero penal
También establece la figura de los Jueces Multifueros, que integraran el colegio de la materia que corresponda en oportunidad de tratarse o tener que desempeñarse asuntos atinentes a las mismas.
Jueces coordinadores
Por otra parte, define que los jueces de las Cámaras de Apelaciones de cada circunscripción designaran un juez coordinador y un suplente. Estos jueces coordinadores conformarán el Consejo Directivo del Colegio de Jueces de Cámaras de Apelaciones, el cual se reunirá al menos dos veces al año para el tratamiento de la agenda que los integrantes del mismo propongan a los coordinadores.
Subrogancias
Por otra parte, la acordada Nº 4899/2020 reglamenta un sistema de reemplazos y subrogancias en sintonía con el modelo de Colegios de Jueces en el ámbito de la justicia no penal.