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El anteproyecto fue presentado al titular del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Alejando Panizzi. Sus autoras son las Dras. María Marta Nieto, Andrea Caleri y Candela Recio, de la ciudad de Comodoro Rivadavia.

Se trata de una herramienta que colocará a Chubut a la vanguardia en la materia. Unificará criterios en todas las jurisdicciones, proveerá una mayor oralidad, mayor inmediatez, contacto del juez con la gente, todo en un marco de desburocratización.

STJ 02 12 web1Las Dras. María Marta Nieto, Andrea Caleri y Candela Recio, Jueza de Familia y Defensoras Públicas respectivamente, son de Comodoro Rivadavia y concluyeron junto a un equipo de colaboradores el arduo trabajo que demanda elaborar un código de procedimientos para el Fuero de Familia. A partir de esta iniciativa la justicia de Chubut será pionera en el país en la materia. Hoy se trata de un anteproyecto que está siendo presentado a las autoridades del Superior Tribunal de Justicia, quién luego lo elevará a la Honorable Legislatura para su tratamiento durante el inicio de las sesiones ordinarias del mes de marzo de 2016.

UNIFICAR CRITERIOS

Estuvieron en la sala de acuerdos junto al titular del alto cuerpo, Dr. Alejando Panizzi, las Dras. María Marta Nieto y Andrea Caleri (Candela Recio no pudo viajar) y explicaron que esta herramienta de trabajo tiene como ventajas comparativas las de unificar criterios en todas las jurisdicciones, proveer una mayor oralidad, mayor inmediatez, contacto del juez con la gente, todo en un marco de desburocratización. “Si se dicta una sentencia -afirman las autoras- de lo que se trata es que esa sentencia se cumpla, que pueda ser efectiva para la persona que la tiene en la mano; no sirve de nada hoy contar con una sentencia de alimento si esa madre no puede contar con los mismos. El objetivo es la efectividad de esa sentencia”.

COLABORADORES

Este trabajo de las Dras. Nieto, Caleri y Recio, que toma como modelo el que la Dra. Mabel de los Santos realizó para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contó con el aporte de un eficaz equipo de colaboradores que son: Carolina García, Verónica Roldán, Fernanda Zanatta, Carolina van Domselaar y Guillermo Cosentino. STJ 02 12 web4
Como señalan Nieto y Caleri a la hora de elaborar un texto para la realidad provincial: “En cuanto a la necesidad de porqué sancionar un código cuando tenemos una Ley, Chubut fue pionera al momento de aprobar la Ley 4347 que es la que regula actualmente todo el proceso de Familia. Ante la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación, que en materia de familia recoge todos los antecedentes jurisprudenciales que había en la Argentina, adaptando la norma a la realidad de la familia actual, que no es la misma realidad de Vélez Sarsfield de 150 años atrás. Hay que actualizar y adaptar la legislación procesal de Familia. Nuestro proyecto uniforma los criterios dentro de la provincia para asegurar así el acceso a la justicia en condiciones de igualdad para todos los ciudadanos de Chubut”.

HERRAMIENTA

Los destinatarios específicos de este anteproyecto que ya se encuentra en el Superior Tribunal de Justicia son las familias, los niños, los adolescentes, los ancianos, los discapacitados, es decir todo aquél que integra el universo vinculado a la familia. Las autoras manifiestas lo siguiente: “… la necesidad hoy se presenta porque los ciudadanos que viven en la provincia de Chubut necesitan contar con herramientas que le faciliten, no solamente el ingreso a un Juzgado de Familia, sino también que el largo camino que tienen que recorrer para obtener lo que vienen a pedir, les llegue en el menor tiempo posible, de la mejor forma y que realmente tengan la respuesta que ellos esperan”.
Y en relación a la opinión de tribunales superiores, indican que: “La Corte Interamericana de Derechos Humanos, nuestra Corte Suprema de Justicia y el mismo Superior Tribunal de Chubut han indicado que hoy, más que nunca, hay que contar con herramientas de trabajo como lo es un Código Procesal de Familia para llegar más prontamente, con la mejor eficacia a las personas. Por lo tanto, este Código es un facilitador del proceso para que la gente acceda al Fuero de Familia”.

Para leer el Anteproyecto del Código Procesal de Familia ingrese aquí