Por un homicidio cuando era menor deberá cumplir tratamiento socioeducativo

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zaratieguicjuez 2Es por el caso del homicidio de Gustavo Ibañez, ocurrido en la navidad del 2018.

Así lo dispuso el juez César Zaratiegui tras un juicio abreviado y de acuerdo a la petición de las partes. El condenado deberá cumplir las pautas hasta llegar a los tres años de arresto domiciliario. En otro hecho se habilitó una probation por un hecho de lesiones graves

 

El juez penal César Zaratiegui declaró autor penalmente responsable de homicidio simple a un joven que era menor de edad al momento del hecho e impuso al mismo una serie de medidas socioeducativas que fueron acordadas por la fiscalía y la defensa en el marco de un juicio abreviado que se concretó en Trelew.

La resolución del magistrado se conoció este jueves y tiene relación con el crimen de Gustavo Ibáñez, hecho ocurrido el 25 de diciembre de 2018 en el barrio Inta de Trelew y por el cual se encuentra cumpliendo arresto domiciliario el único imputado del caso, quien previamente estuvo detenido en el COSE.

Zaratiegui declaró al joven que hoy tiene 19 años como autor responsable por el hecho ocurrido en fecha 25 de diciembre de 2018 y el cual fue calificado como homicidio simple en carácter de autor.

En cuanto a las medidas que deberá cumplir, se fijó la obligación de someterse a medidas socioeducativas que se encuentran bajo contralor de una dependencia penal juvenil de Provincia de Buenos Aires, donde el sindicado como autor del crimen se encuentra viviendo y cumpliendo arresto domiciliario.

Estas medidas se extenderán por el plazo de tres años, aunque ese plazo expirará al momento de computarse el tiempo que el joven ha pasado en arresto domiciliario y que ya ha superado los dos años.

También deberá mantenerse escolarizado o capacitarse en oficios a los fines de insertarse laboralmente a futuro; mantener su domicilio actualizado y en el caso de tener algún conflicto con el consumo de sustancias alcohólicas o estupefacientes, deberá someterse a tratamiento.

Una vez finalizado ese periodo se evaluará si deberá cumplir o no una pena de ejecución obligatoria, aunque en ese caso el máximo no superará los cuatro años.

El proceso se concretó a través de un juicio abreviado tras la presentación efectuada en la audiencia por el fiscal Enrique Kaltenmeier y la defensora pública Romina Rowlands.

Pedido de probation

El mismo juez resolvió en otra audiencia un pedido de suspensión de juicio a prueba (probation) para tramitar una causa en la cual una mujer se encontraba acusada por un hecho de lesiones graves con arma blanca.

El hecho que se investiga ocurrió el 8 de julio de 2017 en un bar ubicado en el barrio Oeste de Trelew, en el cual un hombre resultara con heridas graves y una mujer con heridas leves, luego de ser atacados con un arma blanca por la acusada.

La defensora pública Zulma Manllauix pidió que el expediente se tramite bajo la figura de la probation teniendo en cuenta que la acusada no tenía causas pendientes ni antecedentes condenatorios, además de que por el tipo de delito la condena a imponer podría llegar a ser de ejecución condicional.

La defensora pública propuso -y la funcionaria de fiscalía manifestó su conformidad- la suspensión de juicio a prueba por el término de un año; tratamiento psicológico por el mismo plazo con informes trimestrales; 30 horas de trabajo comunitario a realizar en un mes y la prohibición de acercamiento de la imputada a las víctimas.

INFORMA: Agencia de Información Judicial / Superior Tribunal de Justicia