Los jueces dieron a conocer el veredicto y hallaron culpables a Cisterna y Correa como organizadores de asociación ilícita, mientras que consideraron a Oca, Pagani, Bortagaray y Lüters como miembros de la misma. Carpintero fue absuelto por ese delito pero condenado por enriquecimiento ilícito.
Las ocho personas imputadas en el marco de la denominada “Causa Revelación” fueron condenadas este miércoles por el tribunal que integran los jueces Mariano Nicosia, Ivana María González y Alejandro Rosales, en tanto que el próximo viernes 23 de abril se realizará la audiencia donde se debatirá la pena a imponer a cada uno de ellos.
Se trata de exfuncionarios públicos y un empresario investigado por maniobras de corrupción ocurridas entre 2015 y 2017, durante el gobierno del fallecido gobernador Mario Das Neves.
Según se desprende de la lectura del veredicto que dio a conocer el tribunal, Víctor Hugo Cisterna y Diego Miguel Correa fueron condenados como organizadores de una asociación ilícita, mientras que los exfuncionarios Pablo Oca, Alejandro Pagani, Juan Martín Bortagaray y Diego Lüters fueron hallados culpables de ser miembros de dicha asociación ilícita. En relación a ese mismo delito, el tribunal informó que debido al retiro de la acusación por parte de la fiscalía y las querellas particulares se veían obligados a absolver a Gonzalo Carpintero Paterson, aunque a entender de los magistrados había elementos suficientes para considerar su inclusión dentro de esa organización.
Los jueces también informaron durante el debate que el exgobernador Mario Das Neves fue el jefe de esa asociación ilícita que funcionó desde diciembre del año 2015 hasta finales de octubre del 2017, cuando se produjo el deceso del mandatario provincial.
En cuanto a Carpintero Paterson fue condenado por enriquecimiento ilícito y el empresario Martín Castillo fue encontrado culpable del delito de cohecho activo.
El veredicto
En el primer punto del fallo dado a conocer esta tarde, los jueces rechazaron la nulidad planteada por las defensas técnicas de los acusados Víctor Hugo Cisterna y Alejandro Héctor Pagani respecto a los requerimientos acusatorios concretados en autos por el Ministerio Público Fiscal y las Querellantes Autónomas.
Por otra parte, desestimaron las excepciones de incompetencia material y territorial, y de extinción parcial de la acción penal, articuladas por la defensa técnica del acusado Gonzalo Carpintero Patterson.
Al mismo tiempo, en el tercer punto rechazaron el planteo de inconstitucionalidad que introdujeron al debate los abogados defensores de los acusados Correa, Oca, Pagani, Cisterna, Bortagaray y Lüters.
En el cuarto punto el tribunal dictó la absolución para Gonzalo Carpintero Paterson después que la fiscalía y los querellantes retiraran las acusaciones que oportunamente habían presentado por considerarlo organizador de asociación ilícita y omisión maliciosa de datos en Declaración Jurada Patrimonial, por dos hechos en calidad de autor y perjuicio del orden público y de la administración pública de la Provincia de Chubut ; en tanto que una medida similar recayó a favor de Víctor Hugo Cisterna por el retiro de la acusación respecto al delito exacciones ilegales bajo la modalidad de concusión en calidad de coautor, en perjuicio de los empresarios Adrián Ledesma y Roberto Almeyda.
Condena por Condena
Víctor Hugo Cisterna fue declarado penalmente responsable por los delitos de organizador de asociación Ilícita en calidad de autor, en concurso real con exacciones Ilegales -un hecho- en carácter de autor.
Diego Miguel Correa fue condenado por organizador de asociación Ilícita en calidad de autor, en concurso real con exacciones ilegales en carácter de autor -dos hechos-, en concurso real con cohecho pasivo en calidad de autor bajo modalidad de delito continuado (16 hechos).
Pablo Alejandro Oca fue condenado por los delitos de miembro de asociación ilícita a título de autor, en concurso real con exacciones ilegales -dos hechos- en carácter de partícipe primario, en concurso real con cohecho pasivo en calidad de partícipe primario bajo la modalidad de delito continuado (10 hechos).
Alejandro Héctor Pagani fue declarado penalmente responsable del delito de miembro de asociación ilícita en calidad de autor en concurso real con cohecho pasivo en calidad de partícipe primario bajo modalidad de delito continuado (3 hechos).
Juan Martín Bortagaray fue condenado como miembro de asociación ilícita en calidad de autor en concurso real con cohecho pasivo bajo la modalidad de delito continuado en calidad de partícipe primario (5 hechos).
Diego Lüters fue condenado como miembro de asociación ilícita en calidad de autor.
Gonzalo Rubén Carpintero Paterson fue declarado responsable del delito de enriquecimiento ilícito de funcionario público en calidad de autor.
Martín Miguel Castillo fue condenado por el delito de cohecho activo en calidad de autor.
INFORMA: Agencia de Comunicación Judicial / Superior Tribunal de Justicia