Se trata de un condenado a prisión perpetua que accedió al régimen de confianza en el marco del cumplimiento de la pena
El juez penal a cargo del control de ejecución de la pena de la Circunscripción Judicial de Comodoro Rivadavia, Dr. Jorge Odrisio dispuso que la incorporación de un condenado al régimen de salidas transitorias exclusivamente con acompañamiento y traslado a cargo de personal policial, al tiempo que impuso al detenido estrictas reglas a cumplir durante las seis horas mensuales que dure la salida.
En este caso, el condenado es Jonathan Moreira Cironi, quien se encuentra cumpliendo pena de prisión perpetua por el homicidio del policía Néstor Adrián Manquepán, en un hecho ocurrido el 8 de agosto de 2010.
Si bien en nuestro país está vigente desde julio del año 2017 la Ley N° 27.375 que introdujo cambios en régimen de ejecución penal y establece que no podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por delitos como las condenas por homicidios agravados previstos en el artículo 80 del Código Penal, dicha normativa no es aplicaba el caso pues el hecho y la condena ocurrieron con anterioridad a esta reforma.
Teniendo en cuenta el momento en que se produjeron los hechos por los cuales fuera condenado Moreira Cironi -8 de agosto del año 2010- corresponde aplicar el artículo 17 de la Ley de Ejecución Penal N° 24.660 de aquel entonces, que expresaba “para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de la semilibertad se requiere: I. Estar comprendido en alguno de los siguientes tiempos mínimos de ejecución. b) Penas perpetuas sin la accesoria del artículo 52 del Código Penal: quince años”.
De tal forma se aplicó el principio de la ley penal más benigna, receptado por el legislador en el art. 2 Código Penal y posee jerarquía constitucional en función del art.75 inc.22 de la Constitución Nacional, al estar consagrado en los arts. 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 15.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, además de ser reconocido en el art.24 del Estatuto de Roma (aprobado por ley 25.390).
Audiencia vía teleconferencia
La resolución del magistrado se dio en el marco de una audiencia programada a fin de evaluar la incorporación al régimen de salidas transitorias del condenado Jonathan Moreira Cironi, en la cual el detenido estuvo conectado por vía telemática desde el IPP a través de sistema Cisco Webex, en tanto que los defensores de confianza del condenado, la madre de la víctima y el Ministro de Seguridad de la Provincia junto al Jefe de Policía del Chubut lo hicieron desde la Oficina Judicial de Trelew.
Pedido de la defensa
Los abogados Francisco Miguel Romero y Benjamín Andrés Sanabria dieron a conocer al Dr. Odorisio los informes de concepto y conducta elaborados por el Instituto Penitenciario Provincial, por el área de Políticas Penitenciarias de la provincial y por la Policía Comunitaria respecto al condenado, siendo los mismos favorables en cuanto al comportamiento del mismo durante los últimos años.
Los defensores pidieron que el condenado a prisión perpetua acceda al régimen de salidas transitorias con 12 horas mensuales, en dos salidas de 6 horas cada una, a un domicilio ubicado en la ciudad de Puerto Madryn.
Oposición fiscal
El Ministerio Público Fiscal, representado en este caso por el Fiscal General Cristian Olazabal y por la funcionaria Gabriela Gómez, se expidió de manera favorable respecto a que el condenado acceda al beneficio de las salidas transitorias por cumplir el mismo las condiciones subjetivas y objetivas que establece la ley.
Sin embargo, la fiscalía se opuso a la cantidad de horas solicitada y pidieron que el beneficio sea en una sola salida semanal de seis horas, con traslado y acompañamiento a cargo de personal policial. También solicitaron al juez que disponga estrictas pautas de conducta a Moreira Cironi.
Resolución judicial
Tras escuchar a las partes, y también manifestaciones de la madre del policía asesinado, el Dr. Jorge Odorisio dispuso como primera medida incorporar al régimen de salidas transitorias al condenado Jonathan Moreira Cironi, a partir del domingo 4 de agosto de 2024, con un régimen de 6 horas mensuales fraccionadas en una salida de seis horas a usufructuarse el primer domingo de cada mes, y requirió que el traslado y acompañamiento del mismo por parte de personal policial del IPP hasta un domicilio ubicado en la ciudad de Puerto Madryn.
También impuso al condenado una serie de reglas de conducta, entre las que se destacan la permanencia continua del mismo en el domicilio de Puerto Madryn al cual será trasladado; que el traslado se realice por parte del personal policial en un itinerario directo; abstenerse de llevar adelante reuniones masivas, salvo las del grupo familiar que reside en dicho domicilio; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas; prohibición de acercamiento y contacto con la familia de la víctima; además de cumplir los reglamentos carcelarios, y mantener buena conducta. Tampoco podrá involucrado de manera activa en conductas delictivas y deberá abstenerse de conducir vehículos.
En ese sentido, advirtió el juez a Moreira Cironi que el incumplimiento de cualquiera de reglas impuestas, de la misma manera que cualquier tipo de sanción por mala convivencia con otros reclusos o personal policial implicaría la revocación del beneficio.