EL S.T.J. EXONERÓ A EMPLEADO JUDICIAL IMPUTADO POR VIOLENCIA DE GÉNERO

STJ 3

STJ 3

Trabajaba en la Oficina Judicial de Puerto Madryn. Fue exonerado por conducta indecorosa, por falta de lealtad hacia la comunidad, hacia sus superiores y por haber generado un descrédito en el servicio de justicia. Ahora está en Juicio Oral y Público.

 

La Superintendencia Administrativa del Superior Tribunal de Justicia exoneró a un empleado de la Oficina Judicial de Puerto Madryn en virtud de la comisión de faltas graves, conducta encuadrada en el Reglamento Interno General, Ley Orgánica de la Justicia de la Provincia del Chubut y Estatuto para el Personal de la Administración Pública.

JUICIO ORAL Y PÚBLICO

El individuo está siendo sometido a Juicio Oral y Público por haber provocado lesiones a su ex pareja en el marco de la Ley de Violencia de Género.

Como fundamento de su decisión, se sostuvo que “los hechos denunciados revisten una gravedad inusitada pues implican, en forma activa y directa, a un agente judicial cuyo accionar trasciende lo particular e involucra, negativamente, a todo el Poder Judicial de esta Provincia”.

Agrega que el hecho de que un magistrado del Fuero Penal haya encontrado en la etapa preliminar y con el grado de probabilidad que allí se requiere, los elementos de convicción necesarios para elevar la causa a juicio, pone en evidencia, claramente, que el sumariado no ha observado una conducta decorosa compatible con la dignidad del cargo que detenta.

Le reprochan también que no informó a sus superiores, en su real dimensión, la existencia de la causa penal y que, además, intentó aprovechar su condición de integrante del Poder Judicial para logar impunidad y para evitar que su ex pareja denunciara los hechos que padeció.

FALTA GRAVE

La Superintendencia aseveró que “todas las conductas que aquí se aprecian, tienen la aptitud suficiente para revelar la irreparable pérdida de un requisito esencial para el cumplimiento de la labor judicial en forma armónica: la confianza de todos los estamentos del Poder Judicial” pues del mismo sumario administrativo surge que el referido agente ha incurrido en conductas que, sin perjuicio de su situación personal en el fuero penal, importan de por sí faltas de gravedad institucional a deberes propios del empleado público en lo general”.

En definitiva, la Resolución expresa que “se ha comprometido el servicio de justicia con un descrédito institucional que provoca, en definitiva, un quebranto en la confianza que el justiciable y de la sociedad toda” y concluye con una definición contundente: “esta Superintendencia Administrativa del Superior Tribunal de Justicia, ratifica su compromiso, como política pública, de generar acciones concretas de prevención, sanción y erradicación de todas las formas y manifestaciones de violencia”.