Quedó firme una condena a dos médicos de Comodoro Rivadavia

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El Superior Tribunal de Justicia declaró improcedente la impugnación extraordinaria presentada por la defensa de los médicos de Comodoro Rivadavia, Hugo Daniel Mantuano y Roxana Barrientos Alfaro y confirmó la sentencia de la Cámara Penal, que los condenó a un año y medio de prisión en suspenso y tres años de prisión en suspenso, respectivamente, y a cinco años de inhabilitación para ejercer su profesión.

 

Los camaristas Guillermo Müller, Daniel Pintos y Martín Montenovo ratificaron en 2017, el fallo del Juez Alejandro Soñis, quien en noviembre de 2016, dictaminó que los profesionales mencionados eran penalmente responsables de homicidio culposo por negligencia, del bebé Nicolás Russo.

El magistrado de primera instancia concluyó que la muerte del bebé se produjo por las conductas omisivas de los médicos y por entender que éstos violaron el deber de cuidado al que se encontraban obligados por su condición de profesionales de la medicina.

El sentenciador sostuvo que Mantuano y Barriento Alfaro desoyeron las alertas que el niño presentaba, lo que les impidió aplicar todas las medidas posibles y actuar con celeridad frente a la sospecha de un cuadro clínico severo. Los integrantes de la Cámara en lo Penal convalidaron el pronunciamiento de Soñis, dando por acreditado que los condenados no agotaron las precauciones inherentes al carácter de recién nacido del paciente, mediante una adecuada clínica médica, que aventara la profundización de los síntomas.

El defensor, Dr. Víctor Criado Arrieta peticionó la nulidad del fallo condenatorio y la absolución de los acusados al considerar que los jueces realizaron una arbitraria valoración de los informes periciales. También señaló que la muerte del bebé se produjo de manera súbita, fulminante e irreversible y que de ninguna manera podía ser corroborada la supuesta negligencia de los médicos.

Los Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Alejandro Panizzi, Miguel Donnet y Mario Vivas, concluyeron que los magistrados de la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia dieron adecuada respuesta a los agravios vertidos por la defensa, valorando correctamente el material probatorio y brindando razones de peso para mantener la conclusión condenatoria.

Advirtieron que los camaristas efectuaron un abordaje completo de la prueba ventilada en el debate y que adoptaron una decisión basada en fundamentos lógicos y plausibles. Destacaron la importancia de los testimonios de los padres de la víctima, una testigo presencial, los enfermeros y las expertas Rosana Corazza y Verónica Duclox.

Los jueces de la Corte expresaron que “la Defensa no ha demostrado arbitrariedad en la valoración de las pericias, informes, documental y testimonios” y que el Tribunal de Alzada “cumplió con una revisión amplia, que satisface el doble conforme exigido por nuestro ordenamiento procesal”