Trelew: investigación por certificados médicos falsos

Mantienen la prisión preventiva del médico imputado

El juez Fabio Monti dispuso la continuidad de la medida de coerción dispuesta

Durante la jornada de este viernes 14 de marzo se llevó a cabo en la oficina judicial de Trelew, una audiencia de revisión de la prisión preventiva en el marco de una causa en la que está imputado Diego Soto Payva Plieticosich del delito de falsedad ideológica, en treinta y cinco hechos, todos ellos en concurso real y en calidad de autor.

Defensa

Al inicio de la audiencia tomó la palabra el defensor particular Fabián Gabalachis, quien confirmó la solicitud de revisión de la medida de coerción impuesta por cuanto su representado ha evidenciado un marcado deterioro de salud en función de ello requirió que la prisión preventiva sea revisada. Asimismo también se refirió a la calificación legal provisoria escogida por el MPF por la cual está imputado su asistido y en ese sentido confirmó lo manifestado en la audiencia de apertura de la investigación en la idea de que no se trataría de un concurso real sino de un concurso ideal por un supuesto delito continuado y que por ello no existen 35 víctimas. En ese orden también se refirió a la falsedad de tipo material y no ideológico como apuntó el MPF y con ello la pena en expectativa es menor. Esa diferencia la fundó en que el Formulario Único de Tránsito –FUT- no es un instrumento público sino privado.

En otro orden también se refirió a los portadores de las licencias otorgadas en el periodo que se investiga indicando que pueden incurrir la figura de autoincriminación en caso que presten declaración en sede judicial y en el marco del presente proceso habida cuenta que esas personas portaban documentación supuestamente falsificada.

El defensor particular finalmente, en función de los argumentos expuestos, en relación a la salud de Soto Payva Plieticosich y de la calificación legal propuesta y su expectativa de pena menor, solicitó la libertad de su representado o en su defecto sea morigerado por arresto domiciliario.

Perito médico

La defensa del imputado presentó al médico Herminio González como perito de parte para que explique el cuadro de salud de Soto Payva Plieticosich. El profesional médico indicó que el imputado padece un agudo cuadro de insuficiencia respiratoria que afecta la función pulmonar de manera crónica por lo que dictaminó que no es conveniente la permanencia del imputado en condiciones de confinamiento por cuanto los cuidados e insumos que pueda requerir en caso de urgencia solo podrían ser suministrados estando fuera del lugar de detención.

Fiscalía

A su turno la fiscal general Julieta Gamarra se manifestó respecto de la exposición del perito médico propuesto y luego de las consultas que le hiciera al mismo indicó que el estado de saludo del imputado no ha cambiado en comparación al momento de su detención como así tampoco su actividad social ni laboral que la venia desarrollando normalmente. Es por ello, indicó la fiscal, que los cuidados de salud requeridos pueden ser solventados en el centro de detención. En tal sentido reiteró los postulados expuestos en la audiencia de apertura de la investigación solicitando la continuidad de la prisión preventiva dispuesta.

Tras escuchar a las partes, el magistrado resolvió en cuanto a la calificación legal escogida por el MPF dada que la misma es provisoria y la etapa investigadora recién comienza será recién en la audiencia preliminar cuando finalice esta etapa y se podrá evaluar la calificación legal que corresponda y, en tal sentido, también se refirió a la calidad del documento FUT.

En relación a la prisión preventiva también hizo mención a lo que formuló en la primera audiencia por cuanto persiste el riego de entorpecimiento.

Por último y en relación al planteo de salud indició que existe ya un dictamen del CIF que ha establecido el cuadro de salud y de su tratamiento en el centro de detención. De todas maneras se autorizó una junta médica para una nueva evaluación.

Por lo expuesto resolvió que no hay elementos nuevos que modifiquen lo ya resuelto manteniendo la prisión preventiva ya dictada.