La presidenta del Tribunal que juzgó la conducta de Dante Donnini en relación al crimen de Diana Rojas, Dra. Patricia Asaro, aseveró que en el juicio quedó claramente probado el femicidio y homicidio criminis causae cometido por el taxista.
En conferencia de prensa, la magistrada sostuvo que “la joven fue tomada como objeto para satisfacer los deseos sexuales del imputado y esto quedó acreditado por la fuerza aplicada por el victimario, los golpes de puño aplicados para retenerla contra su voluntad y luego ultimarla para lograr su impunidad”.
Asaro indicó que “la prueba científica fue determinante pero además hay otras pruebas reveladoras que corroboran la presencia de Donnini en el lugar del hecho, como la pericia informática con los rastros de las huellas del auto que se correspondía con el taxi del imputado y el informe que da cuenta de la velocidad que alcanza el auto de Donnini a las 11:55 horas cuando volvía de cometer el hecho, a más de 100 kilómetros por hora”.
La jueza aclaró que “no se pudo dar por acreditado la existencia de ensañamiento y alevosía porque el ensañamiento requiere de un dolo específico en el obrar de Donnini, que es hacer sufrir deliberadamente a la víctima; en el debate corroboramos que aunque la víctima tenía muchas heridas de arma blanca, la mayoría eran defensivas y no se pudo corroborar que el imputado haya querido hacerla sufrir innecesariamente, el ánimo de Donnini fue ultimarla desde el primer momento pero por la férrea defensa de la joven se le hizo difícil y por eso la cantidad de puñaladas infligidas”.
ENOJO CON LA DEFENSA
La Dra. Asaro ratificó sus críticas contra el defensor de Donnini, Martín Castro, quien había señalado en el alegato final que “el crimen iba a terminar impune”. La magistrada consignó que “el abogado actuó con falta de decoro, esgrimiendo una afirmación sin ningún fundamento, poniendo en tela de juicio la legitimidad del proceso, de manera desacertada e irrespetuosa”. Agregó que “este Tribunal juró por la constitución y por sus leyes, y llevamos adelante un juicio con total imparcialidad, basándonos exclusivamente en las pruebas ofrecidas en el debate”.
EL PRIMER CASO DE FEMICIDIO
Al ser consultada por la prensa, la magistrada señaló que espera que el veredicto del Caso Diana Rojas “siente un precedente” y aclaró que para calificar al hecho como Femicidio, “lo hemos estudiado cuidadosamente”.
“Creemos que el asesinato se dio en un contexto de violencia de género y que la víctima se encontraba en notable inferioridad contra un hombre armado, robusto, que se aprovechó de sus ventajas físicas para intimidarla y cosificarla para satisfacer su deseo sexual”.
CRIMINIS CAUSAE
Un homicidio es calificado como Criminis Causae cuando está conectado con otro delito. El artículo 80 del Código Penal inciso 7, establece que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, al que matare para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito.”
Para la Dra. Asaro, Donnini mató a Rojas para procurar su impunidad. “Quiso satisfacer su deseo sexual y para quedar impune, la asesinó” sentenció.