Fiscalía y defensa acordaron que el menor imputado cumpla pautas socioeducativas.
El juez Fabio Monti notificará a las partes su sentencia sobre el acuerdo presentado por la fiscalía y la defensa en la audiencia preliminar.
Durante la jornada del martes 3 de abril del corriente, en la sala de audiencias del tercer piso de tribunales de Trelew, se llevó a cabo una audiencia preliminar en el marco de una causa por homicidio agravado, del que resultarla víctima el joven Mateo Moreyra, y en la que está acusado otro menor de edad.
El ministerio público fiscal, representado por la fiscal general, Julieta Gamarra, junto a la funcionaria, Verónica Fabbris, adelantaron al magistrado que, junto a la defensora particular del menor imputado, Gladys Olavarría, acordaron imponer al proceso el instituto del juicio abreviado.
Hecho
Luego de ello, la funcionaria del MPF relató el hecho ocurrido el día 01 de mayo del año 2022, alrededor de las 00:40 hs., cuando en circunstancias en que Mateo Moreyra y otro joven se encontraban en inmediaciones de una biblioteca lindante con las canchas de fútbol del Barrio Constitución, arribó al lugar el menor acusado, a bordo de una motocicleta conducida en ese momento por un individuo cuya identidad se ignora. El acusado descendió de la motocicleta y extrajo un arma de fuego que llevaba consigo, apuntó en dirección a donde se encontraba Mateo Moreyra quien, a la vez que le manifiesta “… no, no, aguanta..:”, emprende la huida instante en que el imputado, le efectuó al menos dos disparos, impactando uno de ellos en la espalda, provocando una herida de tal gravedad que en pocos minutos le causó la muerte.
Acuerdo de juicio abreviado
La fiscal general informó al magistrado los términos del acuerdo arribado que consiste en tres años de cumplimiento de medidas socioeducativas que incluyen una disminución progresiva del régimen de privación de la libertad que viene cumpliendo en el COSE, hasta la detención domiciliaria, momento en el que comenzará a cursar, de manera presencial, estudios secundarios en un establecimiento escolar. Durante ese plazo también se pactó la realización de un curso de capacitación laboral. Además de las medidas descriptas el menor continuará con su tratamiento psicológico.
La fiscal general también adelantó que, en caso de incumplimiento del acuerdo arribado, el MPF solicitará la imposición de una pena de 10 años y medio de prisión efectiva conforme al delito imputado, independientemente de lo que estipule la ley de minoridad en cuanto a la pena que finalmente se aplique.
A su turno, y ante la consulta del magistrado sobre el plazo de tres años, la defensora particular Gladys Olavarría, fundamentó el motivo por el cual se acordó ese plazo explicando que la ley de minoridad vigente, para estos casos, impone un año como máximo de cumplimiento de medidas socioeducativas. De acuerdo a su opinión, esta norma esta desactualizada a los tiempos que corren entendiendo que la situación particular de su asistido no se vincula con la normativa. Explicó que el plazo de un año no sería suficiente para garantizar realmente la inserción social de su asistido, y que en este caso se necesita de un plazo mayor para que el joven y también su grupo familiar, accedan a todos los ámbitos posibles que los excluyan del ámbito del confitico con la ley penal. Mencionó que su rendimiento escolar hasta la fecha es sobresaliente y ello gracias a la contención por parte del Estado y por ello, también considera la extensión de plazo como beneficioso para su futura reinserción social.
Reconocimiento
Tal como es requisito en la figura del juicio abreviado, el joven admitió su responsabilidad en el hecho delictivo, aceptando la imposición de las pautas socio educativo acordadas y las consecuencias de incumplimiento. Finalmente, el magistrado informó a las partes que dará conocer su sentencia en el plazo legal.