Se cumplió este lunes la última jornada del debate oral y público. Las partes expusieron sus alegatos de cierre.
El tribunal presidido por la Dra. María Laura Martini e integrada como vocales por la Dra. Eve Ponce y el Dr. Carlos Richeri comenzaron hoy al mediodía a deliberar, tras escuchar los alegatos de clausura por parte de las partes acusadoras y el abogado defensor de Ricardo Adolfo La Regina, único imputado en una causa por presunto daño ambiental y maltrato animal en un campo ubicado en proximidades de la reserva de pingüinos de Punta Tombo.
Los jueces informaron a las partes que el próximo jueves 7 de noviembre, a las 11 horas, se dará lectura a la resolución en cuanto a la responsabilidad o no del acusado en cuanto a los delitos que se le imputan.
El sexto día del juicio se inició con la incorporación de la prueba documental y las convenciones probatorias fijadas por todas las partes en este caso, para luego iniciar la exposición de los alegatos de clausura del caso.
La acusación en esta causa está a cargo de la Fiscal General Florencia Gómez, mientras que el Dr. Martín Castro actúa en el juicio en representación de la Fiscalía de Estado; en tanto que el Dr. Eduardo Hualpa representará a los querellantes particulares en la causa: la Asociación de Abogados Argentina, Greenpeace y la Fundación Patagonia Natural. La defensa particular del imputado en la causa es ejercida por el abogado particular Federico Ruffa.
Acusación fiscal
“Con toda la prueba de cargo que se ha acreditado tanto la materialidad y la autoría material de los hechos” sostuvo la fiscal Florencia Gómez, quien destacó el aporte realizado por expertos, idóneos y testigos respecto a lo ocurrido, como así también en el caso de investigadores de aves, especialistas en pingüinos e interpretación de imágenes satelitales.
“Se ha logrado acreditar cada uno de los hechos, realizados entre los días 10 de agosto y 4 de diciembre” indicó la fiscal, al tiempo que afirmó que “la defensa técnica del acusado no ha logrado desvirtuar la hipótesis” de la acusación.
En su pieza acusatoria, Gómez sostuvo que si bien el campo “La Perla” donde ocurrieron los hechos pertenecen a la familia del imputado, quien es administrador judicial del mismo, “la flora y la fauna no le pertenecen al imputado”, para luego describir los hechos de los cuales lo acusan, como la traza de caminos, la colocación de un alambrado que divide en dos la colonia de pingüinos de Punta Clara y el desmonte de una zona para realizar un tajamar
La fiscal aseguró que Ricardo Adolfo La Regina “no solo desmontó vegetación nativa, sino que también sacó 40 cm de suelo” y con ello generó zonas irrecuperables, además de sostener que atentó con su accionar sobre la colonia de pingüinos en una época en que había huevos, pichones y pingüinos adultos empollando.
Los hechos por los cuales Fiscalía acusa a La Regina en enmarcan dentro de la calificación jurídica de Daños Agravados en concurso real –tres hechos-, concursando idealmente el Hecho N° 3 con la Figura de Actos de crueldad a los animales, según lo previsto y reprimido por los arts. 45°, 54°, 55°, 184° inciso 5° del CP y Artículos 1° y 3° Inciso 7° de la Ley 14.346 de Malos Tratos y Actos de crueldad a los animales. Todo ello en relación con el Art. 41° y 124° Constitución Nacional, Art. 99° y 104° Constitución de Chubut, Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), Convenio sobre Diversidad Biológica (Ley 24.375), Convención sobre la Especies Migratorias de Animales Silvestres (Ley 23.918), Ley Política Ambiental Nacional N°25.675 art.27, Art. 14°, 240° y 241° CCy CN y Ley Yolanda 27.592 (Ley N° 1173).
Fiscalía de Estado y Querella
El Dr. Martín Castro, además de adherir en todos sus términos sostuvo que a lo largo de las audiencias “ha sido corroborada la materialidad ilícita y la responsabilidad de los atroces hechos que ha cometido el señor La Regina” y planteó que se estaría ante un “Ecocidio”
Por su parte, el Dr. Eduardo Hualpa en representación de las organizaciones ambientales constituidas en querellantes, sostuvo que “la ley general del ambiente prevé la responsabilidad penal por el daño ambiental” y aseguró que los hechos fueron probados, además de calificarlos de una “gravedad inusual”.
En ese contexto recordó a los magistrados que el área de Punta Clara y Punta Tombo pertenecen a la misma unidad biológica, más allá de ser dos lugares diferentes y sostuvo que se trataba de un lugar “prístino” hasta que ocurrieran los hechos que son motivos de debate.
Para Hualpa, quedó demostrado “que había pingüinos muertos el 26 de noviembre” y argumentó que de acuerdo a las declaraciones del investigador Borboroglu, lo pichones encontrados, “con tierra encima y buen estado de alimentación, la muerte de los mismos era muy reciente”.
La defensa
El Dr. Federico Ruffa intentó desarmar todas las teorías de la acusación y sostuvo en su alegato que “después de expuesta toda la prueba, podríamos encontrar un consenso en que los hechos que están en juego, serian o podrían estar descriptos como una familia de campo, cuyo hijo mayor y a cargo de la administración del campo, modificó un alambro para adaptarlo a una mensura, que no tiene ninguna observación”.
Ruffa cuestionó con crudeza la información brindada en la causa por dos investigadores, en especial por el biólogo García Borboroglu y que dijo que fue utilizado por la acusación para intentar imponer una teoría de “homicidio sin cadáver”, en relación a la presunción de centenares de pingüinos muertos en la colonia. “Lo que único que se prueba es que se hizo un alambrado en zona de mayor densidad, en una época donde no había pingüinos” sostuvo el abogado defensor.
Tras escuchar a las partes, el tribunal comunicó que pasaba a deliberar y que el jueves a las 11 horas se realizará la lectura de la parte resolutiva respecto a la responsabilidad de Ricardo Adolfo La Regina en el delito que le ha sido imputado.