En la causa hay tres personas imputadas. La decisión fue adoptada por la jueza penal Ana Karina Breckle a instancias del acuerdo entre la defensa y la fiscalía
Se realizó en la Oficina Judicial de Rawson una audiencia preliminar por el delito de robo agravado en poblado y en banda en Playa Unión, que se sigue contra dos hermanos y un tercer integrante, por un robo de más de 40 metros de cable de cobre.
Al iniciarse la audiencia, la fiscalía hizo saber a la magistrada que había arribado a un acuerdo con el defensor de los tres imputados, mediante el cual proponía la suspensión de juicio abreviado para los dos hermanos, en tanto que para el tercer autor proponían un juicio a prueba, toda vez que es el único de los tres que no cuenta con antecedentes penales ni de ninguna índole.
Por esta razón, la Dra. Breckle explicó a los imputados cuáles eran los alcances de cada uno de los institutos propuestos, les describió cuales eran las pautas de conducta que debían cumplir para que estos no se suspendieran y les adelantó que en el plazo legal de cinco días les haría conocer lo que resuelve.
En el caso de los hermanos acusados debían reconocer ser los autores del hecho descripto por las representantes del Ministerio Público Fiscal y aceptar una pena de ejecución condicional por el plazo de tres años. Durante dicho plazo deben cumplir una serie de pautas de conducta, entre ellos una determinada cantidad de horas de trabajo comunitario concerniente en sesenta horas, mantener el domicilio actualizado, entre otras.
Por otra parte, respecto a la otra persona, en el marco de la suspensión de juicio aprueba por el término de dos años, deberá mantener reglas de conducta razonables durante ese plazo, efectuar según su ofrecimiento, un pago de $ 50.000 para un comedor comunitario de Rawson llamado “Manitos Solidarias” en un plazo no mayor a 30 días, no cometer nuevos delitos y mantener su domicilio actualizado en todo momento durante la suspensión de dicho juicio, por el término de dos años.
Por último, la magistrada les hizo saber a los imputados que el incumplimiento de alguna de las pautas establecidas, hace retrotraer el acuerdo y en ese caso se continuaría con el proceso original.