Fiscalía y Defensa acordaron una condena mediante juicio abreviado.
Durante la jornada del jueves 31 de agosto del corriente, en la sala de audiencias del tercer piso del edificio de tribunales de Trelew, se llevó a cabo una audiencia de debate oral en la que estaba acusado un sujeto del delito de estupro en perjuicio de una joven.
Al inicio del juicio la defensora pública Flora Mollard, en representación del acusado, informó al tribunal unipersonal, integrado por la jueza Ivana González, una cuestión previa solicitando la aplicación del juicio abreviado, manifestando para ello que su asistido ha sido debidamente asesorado, previo a comenzar la presente audiencia, agregando que no tiene antecedentes condenatorios y asimismo, que su representado le ha manifestado preferir la vía del trámite del juicio abreviado, reconoce el hecho y renuncia a su derecho de la realización de un debate oral.
En función de ello, la defensora puso en conocimiento del tribunal el acuerdo consistente en una pena de tres años de ejecución condicional, además del cumplimiento de pautas de conducta y la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio hacia la víctima por el plazo de duración de la condena.
Luego de ello, el fiscal general Lucas Koltsch, confirmó el acuerdo arribado con la defensa agregando que consultó a la víctima y a su madre -denunciante- asesorándolas sobre los alcances del juicio abreviado y se han manifestado de acuerdo con la pena y las pautas de conductas que el acusado se ha comprometido a cumplir.
El hecho
El fiscal general describió seguidamente el hecho ocurrido en febrero de 2018, cuando la víctima, que tenía 15 años de edad, luego de una problemática familiar, decidió salir caminando por la ruta en dirección a Gaiman, allí paró un camión que era conducido por el acusado, quien le ofreció llevarla. Mientras viajaban el sujeto comenzó a hacerle varias preguntas sobre cuestiones personales. Sin detenerse por Gaiman, el acusado le dijo a la joven que pasara a la parte de atrás en donde tenía una cama, porque la podía ver la policía y la joven accedió y se recostó allí. Mientras el imputado seguía manejando comenzó el abuso, hasta que se detuvo al costado de la ruta y, sabiendo lo que hacía y con intenciones de satisfacer sus apetitos sexuales se pasó a la parte trasera en dónde estaba la niña, y siguió abusando de ella. Después de esa situación continuó el viaje hasta Dolavon, detuvo el camión, se bajó y en ese momento, la joven salió corriendo, haciéndole señas a un auto que frenó, le pidió ayuda y el conductor del vehículo la llevó hasta la comisaría.
Estupro
El fiscal Koltsch indicó que la calificación legal escogida es la descripta en el artículo 120 del código penal: “el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o tercer párrafo del artículo 119 –circunstancias de abuso sexual- con una persona menor de dieciséis años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente, siempre que no resultare un delito más severamente penado”, ello además, en el contexto de violencia de género.
Culpable
La jueza Ivana González, luego de escuchar a las partes sobre el acuerdo de juicio abreviado, el hecho acusatorio descripto por el MPF, más la calificación del delito escogida, consultó al acusado si comprendió el alcance del juicio abreviado y su participación como autor penalmente responsable del hecho relatado por la fiscalía a lo que respondió afirmativamente, con lo cual, la magistrada adelantó a las partes que homologará el acuerdo en los términos planteados.