Abuso de Menores y Violencia de Género. EL STJ DEBERÁ RESOLVER SOBRE DOS IMPUGNACIONES

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Dos impugnaciones relacionadas con casos de Violencia de Género y Abuso de Menores fueron presentadas por el Ministerio Público Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, en sendas audiencias, llevadas a cabo en el primer piso del edificio judicial en Rawson el martes 20 de marzo del corriente a partir de las 9.00, y de la que participaron los ministros Alejandro Panizzi, Mario Vivas y Miguel Donnet.

Por la Fiscalía, estuvieron presentes, el Procurador General Jorge Miquelarena y el fiscal Alejandro Franco y por la Defensoría General, Sebastián Daroca y Jorge Benesperi.

ABUSADOR BENEFICIADO CON PROBATION

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El Ministerio Público Fiscal presentó una impugnación contra la sentencia de la Cámara Penal de Trelew que dictó una suspensión de juicio a prueba a favor de un individuo que abusó reiteradamente de las nietas de su pareja.

Los jueces Alejandro Defranco, Omar Florencio Minatta y Roberto Barrios, dejaron sin efecto el fallo del juez Sergio Piñeda de “enjuiciar” al abusador y dispusieron, a través de una “probation”, que el imputado cumpla 30 horas de tareas comunitarias durante un año y medio y dispusieron que el imputado quede sometido en forma urgente a un tratamiento psiquiátrico, psicológico o de otra índole que indiquen los profesionales idóneos en la problemática de los abusadores sexuales considerando que esta es la medida más adecuada y rápida para un abordaje racional del conflicto.

Los hechos que se le endilgan al imputado son dos. Entre 2012 y 2015 sabiendo lo que hacía, conociendo la edad de la misma y su vinculación de parentesco con la abuela de la niña, en el domicilio de esta última, abusó sexualmente de la joven durante tres años, siendo la primera vez en el mes de enero del año 2012, cuando la niña tenía once años y hasta el mes de mayo de 2015, realizándole tocamientos en sus partes íntimas, por debajo de su ropa, besándola en la boca. En otras oportunidades, el imputado se desnudaba, la tocaba y se acostaba al lado de ella en la habitación contigua a la de su abuela, introduciéndole los dedos en partes íntimas y ejecutando juegos sexuales”. La menor, refirió dolor en su relato en cámara gesell. “Le apretaba las costillas cuando la niña refería que iba a llamar a su abuela”.
El segundo hecho, en el que el mismo sujeto fue imputado, data del día 25 de diciembre de 2013. “La niña, con 10 años de edad y hasta el mes de diciembre del año 2014 en oportunidad en que la menor se quedaba a dormir en la casa de su abuela durante los fines de semana, sabiendo lo que hacía, conociendo la edad de la misma, por ser nieta de su pareja, abusó sexualmente de ella, realizándole tocamientos en los pechos y en la cola por encima de su ropa, y besándola en otras oportunidades”.

En la audiencia celebrada hoy, El Fiscal Jorge Franco enfatizó ante los ministros del Superior Tribunal de Justicia, que “no se trata de un hecho de abuso sexual simple, fueron tres años de abuso a dos menores de edad” y tras recordar las normas nacionales e internacionales que sancionan con firmeza los casos de violencia de género, remarcó que “cuando se afecta la integridad sexual de menores, el daño físico y psicológico es aún mayor”.

El fiscal lamentó que la aplicación de una suspensión de juicio a prueba interrumpa el proceso penal y finalice con un sobreseimiento al victimario.

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Por su parte, el representante legal de la Asesoría de Menores, ratificó que tanto las niñas víctimas de los abusos, como la madre de las mismas manifestaron su oposición a la “probation” y reclaman un juicio y una condena.

El caso quedó en manos del Superior Tribunal de Justicia, que tomará una resolución en las próximas semanas.

CASO DE ABUSO EN COMODORO

El Ministerio Público Fiscal presentó una impugnación contra el fallo de la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia que condenó a Mario Díaz a 19 años de prisión por el crimen de su pareja, Valeria Palma, hecho ocurrido el 27 de agosto de 2016, en el barrio Máximo Abásolo de la ciudad petrolera.

La Fiscalía pretende que el caso sea considerado como un homicidio doblemente agravado, por la relación de pareja y por tratarse de un caso de violencia de género.

EL HECHO

Según se pudo establecer, luego de una discusión, Díaz tomó un martillo y golpeó a la víctima. Intervino el dueño del inquilinato para quitarle el martillo a Díaz; pero éste siguió agrediendo a la víctima con un cuchillo provocándole múltiples heridas en el rostro, pérdida de masa encefálica y 24 lesiones punzo cortantes en el tórax y abdomen. De inmediato, la mujer falleció como consecuencia de un shock hipovolémico irreversible producido por las múltiples heridas.

En junio de 2017, Los jueces de las Cámara Penal, Mariano Nicosia, Raquel Tassello y Daniela Arcuri sostuvieron en forma unánime que ha quedado probado a lo largo del juicio la materialidad, la muerte violenta de Valeria Palma; y la autoría del mismo en cabeza del imputado Mario Díaz, condenándolo a 19 años de prisión por homicidio simple, pero sin los agravantes del vínculo y violencia de género.

El fiscal Franco argumento ayer, ante los ministros del Superior Tribunal de Justicia, que la relación de pareja de ambas personas está plenamente acreditada y enfatizó que el fallo de la Cámara se apartó de la normativa prevista por la ley.

El investigador sostuvo que con las pruebas presentadas, quedó corroborado que la relación del acusado con la víctima “estuvo atravesada por la violencia de género” y que “el sometimiento de la mujer está debidamente acreditado”.

Esto fue rebatido por los defensores, quienes señalaron que durante el juicio no se había podido probar que, con anterioridad a la muerte de la mujer, haya existido una situación de sometimiento y que el caso no debe ser encuadrado bajo los parámetros de violencia de género.

Por otra parte, Benesperi hizo referencia a un cuadro de epilepsia focal del cual era víctima el acusado, lo que habría provocado graves trastornos en el imputado a la hora de cometer el crimen. Por esa razón, pidió que el fallo sea revocado y se declare la inimputabilidad de Mario Díaz.