Las partes acordaron la imposición de esa pena para un sujeto acusado de abusar de su hija
El juez Marcos Nápoli homologó un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscal general Silvia Pereyra y el defensor público Andrés Espínola en el marco de una causa en la que está acusado un sujeto de abusar sexualmente de su hija en varias ocasiones.
Durante la jornada del pasado 11 de noviembre el juez Marcos Nápoli hizo lugar a un pedido de abreviar un juicio en el marco de una causa en la que está acusado un hombre por el delito de abuso sexual simple agravado por ser el ascendiente en concurso real con abuso sexual con acceso carnal en menor de trece años de edad doblemente agravado por la relación de parentesco y la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad en la modalidad de delito continuado en calidad de autor.
Los hechos
De acuerdo con la acusación fiscal expuesta por la Fiscal General Silvia Pereyra, los hechos ocurrieron a partir de diciembre de 2019 época en que la víctima contaba con 10 años de edad y hasta septiembre de 2023 cuando la menor tenía 14 años, fecha en que se realiza la denuncia ante comisaria de la mujer.
El acusado, sabiendo lo que hacía y conociendo la edad de la niña, su condición de mujer, como así también el vínculo de parentesco por resultar ser su padre, con el fin de cosificar a la menor, perpetró el abuso sexual de su hija. Los actos se desarrollaron en un primer momento en el domicilio que compartían junto a la pareja del imputado en el barrio Tiro Federal de Trelew, para luego continuar en otro domicilio del barrio Primera Junta de esta ciudad. El imputado llevó a cabo los actos contra la integridad física de la menor aprovechando los momentos en los cuales se encontraban en soledad en los domicilios mencionados.
Asesoría de familia
El asesor de menor Pablo Rey compartió el pedido de la fiscalía, ejerciendo la representación directa de la menor por la situación familiar. El funcionario refirió que la menor se encuentra alojada en el hogar de adolescentes mujeres ya que su madre está en prisión y se refirió al acuerdo como justo y razonable.
Finalmente el magistrado hizo lugar a la petición de las partes de proceder abreviadamente en el juicio y condenó al acusado actualmente alojado en el Instituto Penitenciario Provincial, por el hecho ocurrido, calificado como constitutivo del delito de abuso sexual simple agravado por ser el ascendiente en concurso real con abuso sexual con acceso carnal en menor de trece años de edad doblemente agravado por la relación de parentesco y la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad en la modalidad de delito continuado en calidad de autor.
La pena impuesta es de diez años de prisión de efectivo cumplimiento y asimismo dispuso la prohibición absoluta de acercamiento y todo tipo de contacto por cualquier medio hacia la menor víctima por el término que dure la condena.